Sanciones: El MAS anuló ayer el artículo 15 de la Ley de Protección al Menor, tras el veto del presidente Evo Morales. La norma que queda vigente contiene sanciones más suaves. El artículo 15 establecía la pena máxima, 30 años sin derecho a indulto, para los violadores de niños. Con el cambio, la pena máxima es de 20 años, tal como hasta ahora. Polémica. Sigue vigente norma que acepta relaciones entre adolescentes.
La Paz. Protestan las parlamentarias de oposición en la sesión de la Asamblea Legislativa donde se anula el artículo 15 de la ley Niño Niña Adolescente. Foto AFKA/ Gastón Brito
La Prensa
Los violadores de niños ya no recibirán la máxima pena legal
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Los violadores de niños recibirán una pena sólo de hasta 20 años y ya no 30 —la pena máxima de la legislación boliviana— tras la decisión del MAS de anular el artículo 15 de la Ley de Protección al Menor.
Al mismo tiempo, con esa anulación, los masistas dejaron el Código Penal más permisivo aún con las relaciones entre niños. Al anular este artículo, quedó vigente la ley de 1999, que establece que no hay violación a un niño o niña si es que el sexo es consensuado entre las dos personas y no hay una diferencia de edad mayor a los tres años entre ambos.
La decisión se tomó ayer, en vista del veto presidencial al artículo 15. Ese artículo establecía primero que los violadores de niños recibirán la pena máxima, 30 años de cárcel sin derecho a indulto.
Y en segundo lugar, establecía que no se consideraba como violación a las relaciones sexuales sostenidas entre niños mayores de 12 años, siempre y cuando no hubiera violencia ni una diferencia mayor a un año entre ambos, es decir, reducía la diferencia de edad permitida por ley.
La aplicación de la pena máxima para los violadores de niños era uno de los puntos de mayor consenso entre los asambleístas, en vista de que se reclamaba una sanción más dura para quienes cometan ese delito.
Pero las críticas que recibió una parte del artículo 15 —la del sexo entre niños— llevaron al presidente Evo Morales a vetar y no promulgar la norma.
Ayer, pese a las protestas de los opositores, que planteaban un debate abierto de la norma, el MAS decidió aplicar el rodillo, aprobó la suficiente discusión y anuló el artículo 15 sin consideración de ninguna naturaleza.
El senador de Convergencia, Bernard Gutiérrez, dijo que existen diversos criterios en la oposición y lamentó que este asunto no se haya debatido y que el MAS haya decidido librarse de la polémica lo más rápido posible.
“En un tema tan complejo, en un tema tan sensible, es muy fácil para ellos proponer suficiente discusión y que las ideas no se debatan en un escenario donde se debía hacerlo”, declaró a Radio Fides tras finalizar la sesión.
La presidenta de la Comisión de Justicia Plural, Cecilia Ayllón, recordó que las observaciones “infundadas” contra este artículo nacieron precisamente de la oposición. “Esto responde al pedido del pueblo, que ha estado lastimosamente mal informado debido a una vil infamia que ha hecho mención de que ha sido el MAS el que propuso el artículo”, dijo a la emisora citada.
Para destacar
El artículo 15 establecía la pena máxima, 30 años sin derecho a indulto, para los violadores de niños.
Pese a que hubo observaciones sólo a una parte de la norma —referida al sexo infantil— se anuló todo el artículo.
Con el cambio, la pena máxima para los violadores de chicos es de 20 años, tal como hasta ahora.
El MAS anunció, sin embargo, que modificará todo el Código Penal, para endurecer las penas.
Eliminan art. 15 de proyecto de ley de menores
Polémica. Sigue vigente norma que acepta relaciones entre adolescentes
Agencias.La Paz, El Deber
En medio de una airada sesión en la que se vieron lágrimas, gritos insultos y expresiones subidas de tono, la Asamblea Legislativa Plurinacional excluyó el polémico artículo 15 del proyecto de ley de modificación del Código Penal para la defensa legal del niño, niña y adolescente para su promulgación como se sugirió desde el Órgano Ejecutivo.
Pese a esta decisión se mantiene el artículo 308 del Código Penal, de 1999, que acepta las relaciones sexuales consensuadas a partir de los 12 años.
La Asamblea había aprobado la modificación de 27 artículos del Código Penal, en una denominada ‘Ley de Protección Legal de Niños, Niñas y Adolescentes’.
Sin embargo, una de esas ‘modificaciones’ copia el artículo 308 del Código Penal, aprobado hace 11 años, que excluye de sanciones penales "las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de doce años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de tres (3) años, entre ambos, y no se haya producido violencia ni intimidación".
Tras fuertes protestas de varios sectores de la sociedad, el Poder Ejecutivo rechazó la semana pasada la promulgación de los últimos ajustes y devolvió la ley al Congreso para que se anule el apartado observado.
Sin embargo, el oficialismo ratificó 26 de los 27 artículos. Esto implica que se mantiene tal como está el polémico artículo (el de 1999) que consiente las relaciones desde los 12 años de edad.
“El Presidente, cuando veta una ley, puede observar una reforma, no puede sugerir eliminar una frase, eso sería legislar y eso lo hacemos no- sotros y no lo podría hacer el Presidente que observó el artículo 15 y el único artículo que existe es que se quede entretanto como está", dijo el presidente de la Cámara de Diputados, Héctor Arce.
El titular de la Cámara baja, que además es el proyectista de la ley, explicó a sus colegas y senadores que la ley se trabajó siete meses y enfatizó que se lo hizo mucho más tiempo de lo que se trabajó las cinco leyes orgánicas de la Constitución. "El artículo 308 (del Código Penal) se mantiene tal como está", agregó Arce.
La diputada opositora Norma Piérola reprochó la decisión del Congreso, pues -dijo- "el artículo que estaba observado debía ser modificado y no mantenerse como está desde 1999. Había que cambiarlo, porque incluso el cambio fue solicitado por el Poder Ejecutivo.