El Decreto Supremo 696, aprobado por el presidente Evo Morales y su gabinete de ministros, el pasado 11 de noviembre, aprobó un incremento salarial para 221 profesionales técnicos de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB Corporación) que pasarán a percibir haberes que oscilan entre 16.000 a 45.000 bolivianos, dependiendo de la especialidad, experiencia y conocimiento.
Trabajador petrolero en el campo Margarita.
De este modo, el gobierno nacional decidió incentivar el desempeño profesional en áreas estratégicas y operativas como la exploración y explotación de hidrocarburos, además de la administración de plantas de separación, componentes de la cadena de producción que son priorizados por YPFB Corporación, destaca un comunicado de prensa de la estatal petrolera.
“Se aprueba la Escala Salarial para personal especializado en áreas estratégicas y operativas de exploración, explotación y plantas de separación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, con niveles de remuneración mayores al establecido para el Presidente del Estado Plurinacional”, se lee en el artículo único de la mencionada norma aprobada. (Ver cuadro adjunto).
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La aprobación del Decreto Supremo en cuestión se registró luego de una decisión del gobierno adoptada en octubre. En la oportunidad, el ministro de Economía, Luis Arce, señaló que los técnicos especializados en el área de hidrocarburos están facultados a ganar por encima del presidente Evo Morales porque la Ley Financial del Presupuesto General del Estado (PGE) así lo prevé.
De acuerdo al Decreto Supremo 696, el personal especializado señalado, no percibirá bonos y otros similares de carácter recurrente, salvo el bono de antigüedad, aguinaldo, asignaciones familiares, prestaciones de largo y corto plazo de seguridad social y beneficios sociales establecidos legalmente.
“El Directorio de YPFB queda facultado para aprobar por Resolución expresa, la incorporación gradual del personal especializado, debiendo velar por la sostenibilidad económico financiera de YPFB, de acuerdo al requerimiento y la necesidad justificada por la Presidencia Ejecutiva de la estatal petrolera. La Escala Salarial aprobada en el Parágrafo Primero, deberá ser implementada en el marco de lo establecido en el presente Decreto Supremo, bajo responsabilidad de YPFB”, se lee en el documento publicado en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia.
En la parte considerativa del Decreto Supremo 696, señala que “el Parágrafo III del Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 0430, de 10 de febrero de 2010, establece que el personal especializado de las EPNE’s que cumplan funciones operativas especializadas, podrán ser remunerados con un salario igual o mayor a lo establecido para el Presidente del Estado Plurinacional, mediante Decreto Supremo que apruebe la Escala Salarial, misma que se mantendrá vigente, en tanto no sea modificada”.
Cargo No. Casos Nivel
Especialista Lider Tres (3) 45.000
Especialista Senior I Diecisiete (17) 40.000
Especialista Senior II Setenta y cuatro (74) 36.000
Especialista Operativo I Treinta (30) 31.000
Especialista Operativo II Cuarenta y nueve (49) 26.000
Especialista Operativo III Veintitrés (23) 20.000
Operativo Veinticinco (25) 16.000
Fuente: Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
La Paz, 17 Nov. Erbol.