Fiscal desconoce envíos de droga de los Buitrago; hermano de ‘Porre Macho’ entró de forma legal a Bolivia

Narcotráfico. La Felcn afirma que los colombianos exportaban 400 kg de cocaína cada dos meses, dato que la fiscal del caso requerirá. Héctor Buitrago fue enviado a Palmasola. Héctor Fabio entró por Viru Viru hace 6 meses.

image Distendidos. Héctor Fabio Buitrago Vega (centro) charla amenamente con sus escoltas de la Felcn en el Palacio de Justicia



El Deber, Berthy Vaca y G. Arancibia

Fiscal desconoce envíos de droga de los Buitrago

Los hermanos colombianos Carlos Noel y Héctor Fabio Buitrago Vega exportaban cada dos meses desde Bolivia 400 kilos de cocaína, según Gonzalo Quezada, director nacional de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (Felcn). Sin embargo, la Fiscalía de Sustancias Controladas de Santa Cruz, que indaga el caso, desconoce dicha información, que de ser cierta, merece el procesamiento de ambos sujetos en la justicia boliviana.

No obstante, Carlos Noel fue expulsado del país y remitido a Colombia, donde aparentemente es prófugo de la justicia por delitos relacionados con narcotráfico, terrorismo, masacres y torturas de personas, mientras que Héctor Fabio fue enviado ayer a la cárcel de Palmasola con detención preventiva dictada por el juez Alberto Zeballos, en base a un indicio: el microaspirado de partículas que dio positivo para cocaína en el vehículo en el que ambos colombianos circulaban el lunes (a las 18:00), cuando fueron arrestados.

“(Carlos Noel) Llegó a Bolivia con la misión de vincularse con narcotraficantes del Cono Sur (Argentina, Bolivia, Brasil y Paraguay) y África para instalar laboratorios de cristalización de cocaína. Cada dos meses 400 kilos eran embarcados desde pistas clandestinas hacia Brasil”, dijo Quezada el martes en La Paz, agregando que la captura de los hermanos se ejecutó “después de una ardua investigación, que data de abril de 2010, en la que la Policía Boliviana, a través de la Felcn, y en coordinación con la Dirección de Inteligencia Policial (Dipol) de Colombia, los rastreó en la ciudad de Santa Cruz”.

Pese a que la pesquisa de la Felcn data de más de un año, según Quezada, la fiscal Jeanette Velarde dijo: “En los inmuebles allanados se secuestraron documentos y vehículos, pero no había sustancias controladas. Sin embargo no se descarta que se hubiera cometido otros delitos. He tomado conocimiento sobre los 400 kg exportados por los Buitrago a través de la prensa. Vamos a requerir los informes correspondientes para determinar la certeza de esta información”, subrayó y corroboró que hubo un trabajo conjunto entre policías bolivianos y colombianos.

En la audiencia realizada ayer en el juzgado quinto de Instrucción en lo Penal, el juez Zeballos (que reemplazó a Ximena Flores) accedió al pedido de detención preventiva de Héctor Fabio, solicitado por la fiscal Velarde en atención a que el foráneo es considerado altamente peligroso y porque no tiene un arraigo natural en Santa Cruz.

Jaime Saldías, abogado del colombiano, alegó que la fiscal argumentó más sobre la peligrosidad de Carlos Noel que de su cliente y exigió objetividad para su defendido. “Si es tan peligroso, ¿por qué no lo expulsaron al igual que su hermano?”, preguntó el jurista.

Debido al reclamo del abogado Saldías, el juez instructor dio a la fiscal un plazo de 20 días para presentar elementos probatorios sobre la actividad ilícita que se le atribuye a Buitrago Vega, como establece el procedimiento penal. En caso contrario Héctor Fabio tiene la posibilidad de recuperar su libertad.

El director de comunicación de la Felcn dijo ayer que la unidad policial tiene información no confirmada sobre las actividades de los Buitrago, razón por la que no se actuó, indicó.

Debe haber elementos probatorios

Luis Jaime Cruz | Exjuez de sustancias controladas y docente

Toda acción judicial debe estar precedida de los elementos constitutivos, o sea, términos probatorios y la probabilidad de que los imputados son autores de un hecho delictivo. La Ley del Ministerio Público y el Código de Procedimiento Penal obligan al fiscal a buscar la objetividad.  La objetividad del fiscal obliga a actuar, pero no sobre supuestos sino sobre elementos iniciarios y probatorios que funden una imputación. Si no existen los elementos de prueba, no se puede forzar una detención.

En materia de narcotráfico hay excepciones de hecho cuando se evidencian conductas que llevan a la deducción de que las personas están relacionadas con ese delito y permiten a la Policía actuar discrecionalmente. Toda acción debe estar sustentada en una investigación previa.

Si en los operativos que se practicaron y se cumplieron con allanamientos se hubieran cometido violaciones a derechos o no se reunieron los elementos constitutivos probatorios, el juez está para corregir eso, pero si no lo hace la Fiscalía misma estará obligada a precautelar los derechos de los imputados. En el desarrollo del proceso la Fiscalía está para aportar hechos probatorios porque de lo contrario si eso no existe entonces se corre el riesgo de que más temprano que tarde se debe dar la libertad. En cuanto a los deportados es porque necesariamente tienen cuentas pendientes con sus países de origen.

    Opiniones   

Fernando Amurrio. (Director de la Felcn-Santa Cruz). “Carlos Noel tenía doble nacionalidad y por eso se lo expulsó ayer del país en un vuelo de Copa, a las 6:00. Se tienen identificadas a 10 personas involucradas con él”.

Vladimir Peña. (Secretario general de la Gobernación). “Estamos dando señales equívocas de lucha contra las drogas y damos señales positivas a los cárteles de la droga en el mundo. Debemos tener la capacidad de reconocer la situación”.

José Lanchipa. (Comandante de la Policía). “No se puede afirmar si existen o no carteles, pero se puede decir que se detuvo a una persona vinculada con este negocio ilícito”.

    ‘Porre macho’   A proceso en ColombiaFuente: Radio WRadio.com.co

El jefe de la Dirección de Investigación Criminal (Dijin) de Colombia, general Carlos Ramiro Mena Bravo, señaló que Carlos Noel Buitrago, alias ‘Porre Macho’ fue expulsado de Bolivia luego de tener en su contra una solicitud de extradición de la justicia colombiana. ‘Porre Macho’ es primo del narcoparamilitar Héctor Germán Buitrago, alias ‘Martín Llanos’, reconocido jefe de las Autodefensas del Casanare. “Lo pondremos a disposición de las autoridades judiciales que lo requieran”, señaló Mena.

Héctor Fabio entró por Viru Viru hace 6 meses

Narcotráfico. El hermano de ‘Porre Macho’ afirma que entró de forma legal al país. Tiene antecedentes.

imageCautelar. Héctor Fabio Buitrago flanqueado por su abogado, Jaime Saldías, y su esposa, durante la audiencia

Héctor Fabio Buitrago Vega hizo uso de su derecho constitucional y se abstuvo a prestar su declaración ante los fiscales de Sustancias Controladas; sin embargo, ayer, frente al juez cautelar Alberto Zeballos habló en su defensa.

“Soy hermano de Carlos Noel y vine a Santa Cruz con mi esposa y mis tres hijos. Vivo aquí desde hace seis meses, entré por el aeropuerto, con todo legal, y cumplí con todos los trámites migratorios”, aseguró Héctor Fabio ante al juez.

Cuando el magistrado le consultó su ocupación respondió que vino a Santa Cruz a radicar legalmente y que su fin era instalar una granja de pollos, proyecto que, según él estaba encaminado.

El imputado se presentó a la audiencia con su esposa, no se cubrió el rostro y aseguró que acudía a la Interpol, caminaba como cualquier ciudadano todos los días por las calles cruceñas y que jamás ninguna autoridad le advirtió o le prohibió algo. “Con mi hermano, que vivía desde hace dos años con su familia en Santa Cruz, me encontré solo tres veces, nunca hemos hecho negocios. Ese día que nos detuvieron él me llamó y nos encontramos para hablar de asuntos familiares”, dijo.

Su abogado, Jaime Saldías Gutiérrez, manifestó que su cliente cumplió con todos los trámites migratorios y cuando llegó de Colombia lo hizo por vía aérea y que en el aeropuerto nadie lo detuvo. “Mi cliente nunca estuvo ilegal como aseguran en La Paz, y eso lo vamos a probar. Si dicen que es un hombre que burló los controles, que entró ilegalmente y que es peligroso, entonces, ¿por qué no lo deportaron igual que a su hermano?”, se preguntó el jurista Saldías y añadió que tampoco le hallaron armas.

Otra mujer también abogó por él. “No es como dicen que Fabio vive en abundancia. Si fuera así tendría casa propia, pero alquilaba. Él iba a todas partes, no tenía guardaespaldas como los terroristas o narcotraficantes”, manifestó.

Sin embargo, una noticia del diario El Universal de Colombia, fechada el 16 de enero de 2006, revela que Héctor Fabio Buitrago Vega era el segundo al mando de las Autodefensas del Llano. Según la Policía, Buitrago se había convertido en el principal lugarteniente de su primo, llamado Héctor Germán Buitrago Parada, conocido como ‘Martín Llanos’. Fue requerido por un fiscal que lo vinculó a un proceso penal por su presunta responsabilidad en la masacre de ocho personas en el municipio de Restrepo, Meta, ocurrida el 9 de septiembre de 2005.

     Datos aportados en la pesquisa   

Incautaciones. Durante la audiencia de ayer, el juez cautelar Alberto Zeballos ordenó la incautación formal de un auto, que tras el aspirado químico dio positivo para cocaína.

Dictamen. El juzgador también ordenó el secuestro de teléfonos celulares, de una computadora y que algunos inmuebles permanezcan bajo custodia y secuestro mientras dure el tiempo de la indagación.

Allanamientos. En audiencia, la Fiscalía de Sustancias Controladas aseguró que la justicia libró siete allanamientos a domicilios dentro de la investigación, de los cuales solo se ejecutaron en tres inmuebles.

Gallos de riña. Uno de los familiares de Héctor Fabio Buitrago afirmó que la casa allanada en los operativos ubicada en la urbanización La Madre no pertenece a ninguno de los hermanos. Dijo que allí había gallos de riña muy caros, pero que pertenecen a bolivianos que viven de ese negocio. Hay gallos traídos de Colombia, México y de otros países, que cuestan hasta $us 30.000, aseguró.

Sanción. La Fiscalía imputó a Héctor Fabio por tráfico de sustancias controladas, según los artículos 48 y 33 de la Ley 1008, que establece de 15 a 25 años de cárcel.