Elecciones judiciales: TSE y MAS interpretan leyes a su conveniencia


El diputado por Convergencia Nacional (CN), Andrés Ortega, sostuvo que el partido en función de Gobierno, además del ente electoral, llegan a interpretar las leyes de acuerdo a su conveniencia, como el caso del voto nulo o la representación indígena que fue cuestionada por sectores de la oposición.

imageAndres Ortega. Foto Afka

“Parece que cuando es conveniente, el oficialismo acude al discurso de los pueblos indígenas y originarios, se rasgan las vestiduras; pero llegado el momento aplica e interpreta sus leyes a su modo”, dijo.

Para el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Eugenio Rojas, la representación indígena originaria campesina cumple los requisitos establecidos en el reglamento de preselección en términos generales, es decir, contando a todos los juristas autoidentificados en Bolivia, pero no por región.



Las observaciones de la oposición sobre las listas publicadas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) radican en que no se cumple con el porcentaje establecido en la Ley 026 sobre representatividad indígena para el Tribunal Supremo de Justicia, como quedó demostrado en las listas de La Paz, Pando y Beni.

El Artículo 79 de la norma cita: “La Asamblea Legislativa preseleccionará hasta seis postulantes para cada departamento en dos listas separadas de mujeres y hombres. La Asamblea Legislativa garantizará que el cincuenta por ciento de las personas sean mujeres y la presencia de al menos una persona indígena originario campesina en cada lista”.

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Oposición coincide en que MAS “interpreta” sus leyes

Representación indígena originaria campesina para cupos de administración de justicia genera interpretaciones de la Ley 026.

Las listas de candidatos al Tribunal Supremo de Justicia por La Paz, Beni y Pando no contarían con representación indígena originaria campesina (IOC) según denunció la oposición. El oficialismo asegura que de acuerdo a la ley se cumplieron todos los parámetros, sin embargo, surgen críticas a las interpretaciones que hacen tanto legisladores como autoridades sobre las normas aplicadas en cada proceso del actual régimen.

Según la Ley de Régimen Electoral (026) establece para la organización de la votación en el art. 79 sobre el Tribunal Supremo de Justicia dicta: “La Asamblea Legislativa preseleccionará hasta seis postulantes para cada departamento en dos listas separadas de mujeres y hombres. La Asamblea Legislativa garantizará que el cincuenta por ciento de las personas sean mujeres y la presencia de al menos una persona indígena originario campesina en cada lista”.

Cuando se evidenció que no existe representatividad indígena en tres departamentos, el Movimiento Sin Miedo (MSM) pidió anular el proceso por vulnerar la norma y anunciaron querellas por incumplimiento de deberes contra el Tribunal Supremo Electoral (TSE) que recibió, aprobó y difundió las listas remitidas por la Asamblea Legislativa después del proceso de preselección de postulantes.

LECTURAS EXTRAÑAS

El diputado Fabián Yaksic (MSM) dijo que existen lecturas extrañas de la ley que “dicen que no se aplica la cuota indígena en cada departamento, sino en el total”. Explicó que en los seis postulantes de La Paz, ninguno de los juristas se autoidentifica IOC, salvo uno que fue anotado “por error” y ello fue conocido por el TSE.

“En el caso de La Paz nos parece tremendamente complicado, se va a tener que, o repetir la votación en la Asamblea y revocar la decisión de haber elegido a seis postulantes que no tienen identificación y van a tener que descartar a dos, por eso es complicado, pero esos son los errores que ha cometido el MAS y deben corregir de acuerdo lo que dice la Ley”, dijo.

CONVENIENCIA

Para el diputado por Convergencia Nacional (CN) Andrés Ortega, el partido en función de Gobierno, además del ente electoral, llegan a interpretar las leyes de acuerdo a su conveniencia, como el caso del voto nulo o la representación indígena. “Parece que cuando les conveniente, el oficialismo acude al discurso de los pueblos indígenas y originarios, se rasgan las vestiduras; pero llegado el momento aplica e interpreta sus leyes a su modo”, sostuvo.

El Art. 20 del reglamento de preselección también estipula los mencionados pasos para la designación de candidatos y la organización de votación.

INTERPRETACIÓN DEL MAS

Para el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Eugenio Rojas, la representación indígena campesina cumple los requisitos establecidos en el reglamento de preselección en términos generales, es decir, contando a todos los juristas autoidentificados en Bolivia, pero no por región.

Rojas, quien es presidente de la Comisión Mixta de Constitución de la Asamblea Legislativa explicó que la Ley 026 y el Reglamento Interno de Preselección de candidatas y candidatos para el Órgano Judicial no especifican que las cuotas IOC deban estar distribuidos en los nueve departamentos, sino en la lista general nacional.

“No decimos en la Ley que va a ser un 33% o de los 54 deben ser 18, sino que por lo menos una persona (de origen indígena originario campesinos) será incluido dentro de la lista de mujeres o varones, y tenemos suficiente cantidad de indígenas”, afirmó.

El presidente de la Cámara Baja, Héctor Arce, criticó al MSM y al jefe de ese frente político, Juan del Granado, pidiéndole que “lea la ley”. Del Granado, abogado de profesión al igual que Arce Zaconeta, advirtió estas irregularidades el lunes.

El Diario, La Paz