Prensa boliviana: El reglamento del Tribunal Supremo Electoral refuerza la mordaza de la Ley Electoral



La Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB), la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), la Asociación Boliviana de Radiodifusoras (ASBORA) y la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) lamentan y condenan que el Tribunal Supremo Electoral (TSE)  haya aprobado el “Reglamento del régimen especial de propaganda para el proceso de elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional”, que ratifica y ahonda las violaciones constitucionales ya contempladas en la Ley del Régimen Electoral.

imageBolivia: Medios de comunicación. Foto ilustrativa ANF.

Las libertades de expresión y de prensa, para ser tales, deben ser plenas y de ninguna manera parciales, como las concibe el Reglamento, con una normativa inédita para un proceso electoral, en el que además el TSE acapara poderes que no le corresponden sobre los periodistas y los medios de comunicación.

Con la aplicación de este Reglamento, la prensa libre será deformada hasta convertirse en una caja de resonancia de la elección política de candidatos en la Asamblea Legislativa Plurinacional controlada por el oficialismo. Se pretende usar a los periodistas y medios de comunicación como transmisores amordazados de la información que el poder constituido juzga conveniente inducir en la ciudadanía, en franco desconocimiento al derecho humano a la libertad de pensamiento y expresión.

El Reglamento ratifica y ahonda las violaciones constitucionales contempladas en la Ley de Régimen Electoral, aspecto sobre el que alertamos en repetidas oportunidades, hasta lograr la promesa oficial de cambio de su artículo 82. Sin embargo, en los hechos, la pretendida “modificación” no alteró su carácter anticonstitucional.

El Reglamento, que aparenta reconocer en su artículo 23 que los medios “podrán hacer entrevistas e informar libremente sobre las y los candidatos”, a continuación establece una serie de prohibiciones y sanciones que limitan y restringen la labor de periodistas y medios de comunicación. En consecuencia, su normativa es contraria a los Derechos Civiles establecidos en la Constitución Política del Estado en el artículo 21, entre los cuales figura la Libertad de Expresión y el Derecho de Acceso a la Información, así como también a los artículos 106 y 107 que garantizan los Derechos a la Comunicación e Información. Adviértase, entonces, que la norma que origina el citado Reglamento es inconstitucional; luego el proceso y sus resultados serán ilegales e ilegítimos.

No dudamos que la administración de justicia en nuestro país requiere de mejoras para garantizar la equidad y la imparcialidad de las autoridades del sistema judicial, pero lamentamos decir que la vulneración y conculcación de Derechos y Garantías constitucionales no es ni será el mejor camino para lograr este objetivo.

El trabajo de periodistas y medios de comunicación será vulnerable además a simples denuncias de las y los candidatos y a valoraciones subjetivas enumeradas en el artículo 4 del citado Reglamento. El TSE considerará esas denuncias, pese a su carácter subjetivo,  y podrá inhabilitar a los medios a emitir propaganda en los dos siguientes procesos electorales. Estas circunstancias contravienen la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la OEA y el precepto constitucional de la autorregulación periodística reconocido en el artículo 106 de nuestra Carta Magna.

De igual manera, la prohibición de “generar espacios radiales, televisivos, escritos, vía llamada telefónica, micrófono abierto o mensajes de texto sobre las y los candidatos, destinados a calificar o descalificar a las y los candidatos”, así como la de no difundir “encuestas o sondeos preelectorales” sobre la intención de voto, constituyen evidentes restricciones a los derechos constitucionales de expresión, de opinión y de información, así como al derecho de emitir libremente las ideas por cualquier medio sin censura previa.

Advertimos a la opinión pública que con este conjunto de regulaciones y prohibiciones, en el proceso electoral que se avecina los votantes no tendrán acceso a una información completa sobre las aptitudes y conocimientos de los candidatos al Órgano Judicial  y  tampoco a una cobertura sin regulaciones de parte de los periodistas y medios de comunicación.

5 de julio de 2011

Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB)

Asociación Nacional de la Prensa (ANP)

Asociación Boliviana de Radiodifusoras (ASBORA)

Asociación de Periodistas de La Paz(APLP