La norma establece inamovilidad laboral para este sector.
Antecedente. El Decreto 27477 establecía que entidades dependientes del Estado debían contratar en un promedio mínimo de 4% a personas con alguna minusvalía.
Un grupo de discapacitados realiza una vigilia en la calle.
Página Siete / La Paz
La Ley General para Personas con Discapacidad, aprobada el jueves en grande y en detalle en la Cámara de Diputados, no establece la obligatoriedad para entidades públicas o privadas de emplear a estos ciudadanos.
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El artículo 34, parágrafo I de dicha ley, referido al ámbito de trabajo, indica solamente que el Estado, en todos sus niveles de gobierno, deberá “incorporar planes, programas y proyectos de desarrollo inclusivo basado en la comunidad, orientados al desarrollo económico y a la creación de puestos de trabajo para las personas con discapacidad”.
De igual modo, en el parágrafo IV refiere que “las personas con discapacidad deberán contar con una fuente de trabajo”.
Sin embargo, en su parágrafo II indica que el Estado garantizará “la inamovilidad laboral para las personas con discapacidad, cónyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido”.
El Decreto Supremo 27477 (modificado), en su artículo 4, instruía a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, prefecturas de departamento (hoy gobernaciones), así como los gobiernos municipales, universidades públicas, instituciones orgánicas y empresas de los gobiernos nacional, departamental y local, la obligación de contratar a las personas con discapacidad en un promedio mínimo de 4% del total de su personal.
La no inclusión de este porcentaje y, concretamente, la no obligatoriedad de darles empleo en entidades públicas son criticadas por la dirigencia de las personas con discapacidad. En principio, en un anterior proyecto de ley el sector había propuesto que las empresas e entidades del Estado los empleen en un 4% y a sus familiares en un 2%.
“De la inserción laboral ya no tenemos nada, es decir ese 4% y el 2% para familiares ya no hay. Ninguno de los dos aparece en la ley que han aprobado”, explicó ayer Camilo Bianchi, dirigente de la Caravana de la Integración, que llegó el jueves a la sede de Gobierno después de 100 días de marcha.
En cuanto al bono de 1.000 bolivianos, la presidenta de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado, dijo que la ley no determina montos económicos, sino que crea una renta solidaria para personas con discapacidad grave y muy grave. La entrega de este dinero será regulada por una norma reglamentaria a partir de 2013, lo que garantiza su sostenibilidad porque además la “descripción de montos económicos no es un aspecto que se incluye en las leyes”.
Esta norma será tratada la siguiente semana en la Cámara de Senadores.
La renta no será para los ciegos
La Ley General para Personas con Discapacidad aprobada en Diputados establece en su artículo 28 que la renta solidaria no beneficia a los que tienen discapacidad visual o los que desempeñen funciones en el sector público.
A su vez, la ley da facilidad a este grupo a acceder a microcréditos bancarios, a la liberación de tributos en la importación de instrumentos de rehabilitación, como órtesis, prótesis y ayudas técnicas.
La norma también establece la gratuidad en la adquisición de la libreta de servicio militar y documentos en el Registro Civil.
El dirigente de las personas con discapacidad, Camilo Bianchi, criticó que en la ley no se incluya la importación con arancel cero de “vehículos ortopédicos” y tampoco la rebaja del 50% en las tarifas de agua, luz y en el transporte público, tal como ellos plantearon. “La rebaja en tarifas nos beneficiaría”, dijo.