Proyecto de Ley busca investigar fortunas de jueces, fiscales y policías

Bolivia. La norma establece el decomiso de sus bienes muebles e inmuebles adquiridos por medios directos o indirectos relacionados con la comisión de un delito.

image Jueces, fiscales y policías serán investigados/Foto archivo.

Los actores mencionados en la ley que se nieguen a realizar su declaración jurada serán sancionados



La Paz, 2 Abr. (ANF).- Galo Bonifaz, diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), presentó este lunes a la presidencia de la Cámara de Diputados un proyecto de Ley para la investigación de fortunas de jueces, fiscales y policías que hayan adquirido bienes mediante el soborno de delincuentes o  narcotraficantes, que serán decomisados hasta que se compruebe su inocencia o culpabilidad mediante un proceso penal.

La norma establece el decomiso de sus bienes muebles e inmuebles adquiridos por medios directos o indirectos relacionados con la comisión de un delito.

“Para ir contribuyendo a la lucha contra la corrupción y para ir contribuyendo a la seguridad ciudadana estamos presentando este proyecto de ley, con el objetivo de que estas ex autoridades sean investigadas por aquellas supuestas coimas o por aquellos beneficios que podían haber recibido de delincuentes o del narcotráfico”, manifestó Bonifaz.

Asimismo, aseguró que esta ley será retroactiva, por lo que una vez sea aprobada todos los actores mencionados tendrán que hacer declaraciones juradas anuales y de negarse serán sancionados con suspensiones de entre 5 a 8 años de su carrera profesional.

El proyecto pretende crear una Dirección Nacional de Investigación de Fortunas de los Operadores de Justicia (DNIFOJ), dependiente del Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, la misma que deberá llevar adelante procesos de investigación del patrimonio de estos servidores públicos.

El documento también establece que la investigación se amplíe a familiares hasta cuarto grado de consanguineidad y segundo de afinidad y de otras personas sobre las que existan indicios de encubrimiento.

Los servidores públicos comprendidos en esta Ley presentarán su declaración Jurada de Bienes en la que deberán incluir el detalle de bienes muebles e inmuebles, los derechos que poseen en cualquier tipo de sociedad empresarial constituida en el país o en el extranjero, sus cuentas corrientes, depósitos a plazo fijo y documentos financieros en moneda nacional y extranjera.

La declaración jurada de bienes es un requisito previo a la posesión en el cargo de los servidores públicos señalados en esta Ley; misma que será actualizada anualmente y presentada en un plazo máximo de 30 días después de haber concluido sus funciones.