Tv noticias. Tiene carácter obligatorio y es retroactivo al 1 de enero.
La Paz.- El Ministerio de Trabajo ha emitido ya la reglamentación para el incremento salarial, las empresas privadas deben subir como mínimo el 8% y con carácter retroactivo.
La Resolución 335/12 establece claramente el carácter obligatorio para el incremento de sueldos.
“Para todo el sector. En qué consiste este reglamento, la base de negociación para el sector privado es el 8%, tal como establece el decreto Supremo 1213, el retroactivo es al 1 de enero del presente año”. Señala el ministro de Trabajo, Daniel Santalla.
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En ningún caso el incremento debe ser inferior, dice el gobierno, al 8% y ningún empleado puede ganar menos de Bs1.000. Los convenios colectivos deben ser presentados hasta el 31 de agosto como fecha máxima.
“Aquellos empresarios que incumplan con el incremento salarial van a ser sancionados de acuerdo a los artículos y a las escalas que están establecidas en esta resolución ministerial”. (ATB)
Ministro de Trabajo informó que trabajadores municipales serán incorporados a la Ley General del Trabajo
La Paz.- El ministro de Trabajo, Daniel Santalla, informó que tras la reunión que se asumió con la dirigencia cobista en anteriores días se determinó que los trabajadores municipales ingresarán a la Ley General del Trabajo, documento que está en pleno proceso de redacción, expresó la autoridad.
“En el caso de los trabajadores municipales en lo que se refiere a los obreros, ellos estarían incorporados a la Ley General del Trabajo, esto es lo que hemos acordado en presencia del vicepresidente del Estado, por lo tanto todavía vamos a atender a algunos sectores más de los trabajadores municipales”.(Patria Nueva)