Promulgan el DS 1241 que exime de impuestos a los eventos artísticos nacionales

La Paz. Promulgado este miércoles, el Decreto Supremo Nº 1241 -que reglamenta la Ley 2206 del 30 de mayo de 2001- exime del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto a las Transacciones (IT) e Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), a las actividades de la producción, presentación y difusión de eventos producidos por artistas bolivianos. Además crea el Sistema Plurinacional de registro de Artistas bolivianos y bolivianas y norma la calidad y seguridad en espectáculos, eventos públicos y festivales.

image El anuncio de la promulgación fue dado hoy en Palacio de Gobierno por el Ministro de Culturas, Pablo Groux, quien destacó que la norma busca promocionar y difundir la cultura y el arte del Estado Plurinacional de Bolivia.

Esta reglamentación esta dirigida a todos las y los artistas bolivianos, asimismo a personas naturales o jurídicas que estén vinculadas con actividades de producción, presentación y difusión de eventos, teatro, danza, música nacional, pintura, escultura y cine, que sean realizados por artistas bolivianos.



En su artículo 4 indica que se exime del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto a las Transacciones (IT) e Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), a las actividades de la producción, presentación y difusión de eventos producidos por artistas bolivianos.

Esto se aplica en los casos cuando el evento sea realizado en los espacios y/o escenarios de propiedad del Gobierno Central o Municipal, destinados a la difusión y promoción de las artes bolivianas, cabe recalcar que estos espacios serán definidos por el nivel de gobierno correspondiente, como espacio permanente o para un evento específico.

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Del mismo modo, se aplica para espacios no establecidos cuando el evento cuente con el auspicio del Ministerio de Culturas o de las Entidades Territoriales Autónomas, mediante certificación expresa del auspiciante, esto es valido solamente para artistas nacionales.

Se contempla en esta exención de impuestos a las películas de producción nacional, exhibidas en salas de cine o teatros de propiedad de entidades públicas; y cualquier otro evento auspiciado o coauspiciado por el Ministerio de Culturas y las Entidades Territoriales Autónomas. En este sentido, la administración tributaria autorizará la dosificación de boletos o entradas sin derecho a crédito fiscal.

Para la realización de eventos con artistas extranjeros estos deben ser realizados por personas naturales o jurídicas legalmente establecidas y constituidas en el país, debiendo cumplir con todos los requisitos exigidos para el efecto por la Administración Tributaria mediante resolución expresa coordinada con el Ministerio de Culturas.

Sistema Plurinacional de registro de Artistas bolivianos y bolivianas

Este decreto además crea el Sistema Plurinacional de registro de Artistas bolivianos y bolivianas a cargo del Ministerio de Culturas, para poder ser inscritos deberán cumplir con los requisitos establecidos mediante resolución que será preparada por esta cartera de Estado.

El Ministerio de Culturas otorgará un certificado que acredite la inscripción del o la artista, así mismo, a efectos de facilitar el registro se firmaran convenios intergubernativos con gobiernos departamentales, municipales y locales.

Este registro tendrá carácter público y se convertirá en una plataforma de promoción de nuestros artistas, con la presentación de la misma estará exento del pago de impuestos como se detalla anteriormente, y será de carácter obligatorio a partir de Enero de 2013.

Mayor calidad y seguridad en espectáculos, eventos públicos y festivales

Con el objetivo de brindar mayor calidad y seguridad en espectáculos, eventos públicos y festivales realizados en nuestro país este decreto además dispone que de manera obligatoria se debe iniciar los mismos con puntualidad, las puertas de acceso deberán abrirse con la debida antelación a fin de garantizar la seguridad de los asistentes; los gerentes, responsables o administradores de todo espacio público o privado, destinado a presentaciones artísticas, tienen la obligación de otorgar las condiciones de seguridad e higiene necesarias; además de informar a las instancias policiales de forma previa el uso de material pirotécnico en espacios abiertos.

Finalmente, queda terminantemente prohibido que los eventos artísticos incurran en alguna conducta discriminatoria o racista, del mismo modo, no pueden emitir entradas en un número mayor a la capacidad física del espacio a ser utilizado, la publicidad que se haga del evento debe ser fidedigna; y de ningún modo, se puede utilizar material explosivo o combustible en espacios cerrados.

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