La Paz.- El pleno de la Cámara de Diputados sancionó este jueves el proyecto de Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, que busca disminuir el excesivo consumo de licor en el país.
“Esta norma pretende regular el consumo de bebidas alcohólicas generando una cultura de conciencia en la población y estableciendo como una política de Estado la lucha contra el consumo excesivo de bebidas, por sus consecuencias negativas a la salud y la desintegración de la familia, priorizando la prevención a fin de proteger a los menores de edad” señaló el diputado Carlos Aparicio, presidente de la Comisión de Gobierno, Defensa y Fuerzas Armadas.
La Cámara de Senadores realizó modificaciones a cinco artículos, entre los que se destaca el incremento del horario de restricción de la emisión de publicidad de bebidas alcohólicas entre las 6.00 y las 21.00 horas (Art. 8), cuando el proyecto aprobado en la Cámara Baja establecía que sea entre las 9.00 y a las 21.00.
Asimismo, determina en el artículo 14, que además del Ministerio de Salud y Deportes, y de las Entidades Territoriales Autónomas, sea el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, a través del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG), el se encargue de la fiscalización del cumplimiento del registro sanitario en
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Esta Ley prohíbe el expendio y consumo de alcohol en vehículos, estableciendo además, que los menores de 18 años no puedan adquirir, ni consumir estos productos.
En esa misma línea, establece restricciones para la adquisición y consumo de alcohol en determinados espacios territoriales, como centros de salud, espacios recreativos, deportivos, además de centros educativos como universidades y colegios.
Asimismo, regula la publicidad y plantea reglas estrictas para el funcionamiento de los locales de expendio de bebidas alcohólicas y prohíbe el consumo de licor a partir de las 3.00 hasta las 9.00 en establecimientos públicos.
En lo que se refiere a las sanciones, esta norma establece que las personas que consuman licor en compañía de menores de 18 años, serán sancionadas con una multa de 881 Bolivianos, o realizar trabajo comunitario; y similar multa pagarán aquellos que transiten en notorio estado de ebriedad, en compañía de menores de edad.
Tras ser sancionada esta norma, fue remitida al Órgano Ejecutivo para su posterior promulgación. (Prensa Diputados)