Emilio Martínez
Sun Tzu decía que hay batallas ganadas o perdidas de antemano, y que el buen general es el que sabe elegir cuáles librar y cuáles no.
La lectura del clásico chino sería recomendable para quienes plantearon promover un referéndum que derogue tres artículos de la Ley Marco de Autonomías, sobre todo si nos atenemos a las durísimas condiciones que deberá cumplir la convocatoria.
Según la normativa vigente, la recolección de firmas para la iniciativa popular tendrá que llegar a un millón doscientas mil rúbricas, más del doble de las que se recabaron para el referéndum nacional autonómico del 2006 en tiempos de euforia.
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Además, las firmas deberán alcanzar como mínimo el 15% del padrón de cada departamento. Bastaría con que en uno solo no se llegara a ese porcentaje para echar por tierra todo el proceso.
Adicionalmente, la iniciativa pasará por los filtros del Tribunal Supremo Electoral y del Tribunal Constitucional Plurinacional, momento en el que se topará con el artículo 14 de la Ley 026 del Régimen Electoral, que excluye de manera expresa a las leyes marco de los temas que pueden ser sometidos a referéndum.
¿Pecaron de ingenuidad los promotores o simplemente se lanzó un saludo a la bandera para mostrar que “se está haciendo algo” contra la suspensión del gobernador cruceño?
La elección de la aún lejana fecha del 24 de septiembre para el inicio de la recolección de firmas apuntala la segunda hipótesis. De lo contrario, ¿por qué no se comenzó la campaña el 10 de agosto en el Estadio “Tahuichi”?
¿Es lógico impulsar semejante movilización como la arriba descrita, con enormes riesgos de empantanarse en el camino, sólo para cambiar tres artículos de una ley que afecta a algunas autoridades? En caso de acometer el desafío, ¿no debería ser por una causa capaz de convocar grandes mayorías nacionales, como la defensa del TIPNIS?