Tv noticias. Para el MAS, Gabriela Montaño cumple específicamente funciones administrativas.
La Paz.- La oposición está cuestionando el interinato de Gabriela Montaño calificándolo como inconstitucional.
“No es correcta la interpretación, lo que se ha hecho es interpretar de memoria, automáticamente la anterior Constitución y no se ha tomado esta previsión, lo que hace que el nombramiento sea inconstitucional, ilegal y los actos que emergen de este nombramiento sean nulos de pleno derecho como lo establece el artículo 122 de la misma Constitución”, señala el senador Luis Pedraza.
Este hecho se da sólo en caso de impedimento o ausencia definitiva, según el artículo 169 parágrafo 1 de la Constitución vigente referido a la sucesión presidencial. El parágrafo 2 del mismo artículo 169 ratifica, “en caso de ausencia temporal asumirá la Presidencia del Estado quien ejerza la Vicepresidencia por un período que no podrá exceder los 90 días”, sin hacer mención a ninguna autoridad legislativa del Senado o la Cámara Baja.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
La presidenta de la Cámara Baja, Rebeca Delgado, asegura que fue bien interpretada la Constitución y aclara que la presidenta en ejercicio de Bolivia, Gabriela Montaño, cumple específicamente funciones administrativas.
“Son tareas administrativas, son tareas que no implican jurisdicción, cuando hay jurisdicción yo diría como es en el ámbito del Tribunal Supremo, en temas así podría determinar algún tipo de observación pero esto está en base a lo que dice la Constitución y yo creo que lo que están haciendo es una interpretación que no corresponde”.
En la anterior Constitución que estuvo vigente desde 1965 hasta el 2009 sí existía el formalismo legal que permitía al presidente o presidenta del Senado asumir el interinato de la Nación. (ATB)