La Paz. La Cámara de Diputados de Bolivia aprobó en grande y en detalle el proyecto de Ley que incorpora en la Ley General del Trabajo los trabajadores asalariados de los gobiernos autónomos municipales de capitales de departamento y de El Alto, informaron el martes fuentes institucionales.
El presidente Morales en una reunión con alcaldes del país. Foto archivo
"Con esta ley, van a ser incorporados a la Ley general del Trabajo, alrededor de 4 mil trabajadoras y trabajadores, es bueno también remarcar que el derecho al trabajo y el empleo está protegido desde el artículo 46 al 54 de nuestra Constitución Política del Estado", señala el Ministro de Trabajo, Daniel Santalla en un boletín de prensa.
Explicó que esa norma toma en cuenta los "principios de derecho laboral" y destina el "25% que tiene cada municipio para gastos de funcionamiento".
"Los beneficios que van a tener estos compañeros a partir de la incorporación a la Ley General del Trabajo, cubriría horas extraordinarias, vacaciones no pagadas, el desahucio y la indemnización", indicó.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
El proyecto incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y trabajadores asalariados que realizan trabajos en áreas de servicios manuales y operarios de los Gobiernos Autónomos Municipales de capitales de departamento y de El Alto La Paz, quienes gozarán de los derechos y beneficios de la Ley General del Trabajo, sin embargo no tiene carácter retroactivo.
La norma exceptúa a los servidores públicos electos y de libre nombramiento, así como a aquellos que ocupen cargos de dirección, secretaría, jefatura, asesor y profesional.
Además, establece que los Gobiernos Autónomos Municipales que no se encuentren contemplados en la presente Ley, serán incorporados de manera paulatina al ámbito de aplicación de la Ley General de Trabajo, cuando su población alcance un total de 250.000 habitantes, de acuerdo al resultado oficial del último censo
El proyecto de Ley fue remitido a la Cámara de Senadores para fines constitucionales de revisión.