Sepa cómo jubilarse con sus aportes y con el Fondo Solidario


El Ejecutivo señala que la jubilación de cada trabajador es diferente en Bolivia.

Tras dos años y cinco meses de la aplicación de la Ley 065, los aportantes al Sistema Integral de Pensiones (SIP) pueden jubilarse con una pensión solidaria o una pensión de vejez (cuenta individual). El Órgano Ejecutivo dijo que la nueva norma tuvo éxito en su aplicación. 

image Propuesta hecha por el Gobierno a la COB.



El ministro de Economía, Luis Arce, explicó que la jubilación de cada uno de los trabajadores es un caso particular y no todos percibirán una misma pensión porque el monto estará determinado por los años que trabajó, el dinero que acumuló en su cuenta individual y el “promedio salarial”.

“Lo que hace el técnico es sacar un promedio de las últimas 24 papeletas y eso se convierte en el salario referente. Si ese referente está por encima de estos límites solidarios, se jubila con sus aportes; pero si está por debajo, se le eleva al término máximo de la renta solidaria”, subrayó.

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INTERROGANTES. A continuación, La Razón le presenta algunas dudas respecto a las dos modalidades de jubilación que están vigentes.

— ¿Qué es la pensión de vejez?

— Es el pago mensual que recibe el asegurado para acceder a la jubilación, las pensiones por muerte para sus familiares y los gastos funerarios.

— ¿A qué edad una persona puede acceder a esta pensión?

— Independientemente de su edad, siempre y cuando no haya realizado aportes al Sistema de Reparto y financie con su ahorro individual una renta mayor o igual al 60% de su referente salarial, el monto necesario para los gastos funerarios y la pensión por muerte para sus derechohabientes (familiares). Los hombres podrán obtenerla a los 55 años y las mujeres a los 50 años cuando tengan una compensación de cotizaciones por sus aportes al Sistema de Reparto y puedan financiar, junto a sus ahorros individuales, las prestaciones mencionadas anteriormente.

La persona también podrá acceder a esa renta desde los 58 años, sin importar el saldo de su ahorro individual, si es que aportó mínimamente por diez años y financia una pensión de vejez mayor a la pensión solidaria que le correspondería de acuerdo con sus años de aportes.

— ¿Cómo se financia?

— Se financia con el dinero acumulado por el asegurado en su cuenta personal y la compensación de cotizaciones (reconocimiento a los aportes hechos al Sistema de Reparto), cuando ésta corresponda.

— ¿El trabajador puede realizar aportes adicionales para mejorar su pensión de jubilación?

— Los trabajadores pueden efectuar aportes adicionales a los que el empleador les descuenta.

— ¿Por qué se llama pensión solidaria de vejez?

— Se denomina así porque se aplica un mecanismo de redistribución de ingresos: los que ganan más aportan a favor de aquellos que percibieron sueldos más bajos.

— ¿Cuáles son los requisitos para obtener la pensión solidaria?

— Haber cumplido 58 años de edad y haber aportado durante un periodo mínimo de diez años al SIP.

— ¿Existe una renta máxima y una mínima?

— La pensión mínima es de Bs 476, con 10 años de aportes. El máximo es de Bs 3.200, con 35 años aportados.

— ¿Cómo se financia el Fondo Solidario?

— Con el 0,5% de aporte adicional de los trabajadores sobre su total ganado; un aporte patronal del 3%; el 20% de la recaudación por riesgos previsionales (muerte y accidentes); el descuento a los salarios mayores a Bs 13.000, Bs 25.000 y Bs 35.000; y los recursos constituidos en la Cuenta Básica Previsional, creada para pagar la pensión mínima de jubilación en el anterior sistema.

— ¿Los montos de la renta solidaria se incrementarán con el tiempo?

— La norma establece que cada cinco años se actualizarán los límites máximos y mínimos para la entrega de la pensión solidaria, existiendo así la posibilidad de que los mismos sean mayores a los actuales.

La Razón / La Paz