Es la visión de expertos en derecho a propósito del tratamiento en marzo del código procesal penal de Bolivia en la ALP. Abogados critican eliminación de jueces ciudadanos de los Tribunales de Sentencia pretendiendo convertir un sistema garantista en un inquisitivo.
Al parecer será peor el remedio que la enfermedad. Es lo que señalan expertos en el área judicial, sobre las reformas al Código Procesal Penal (CPP), ya que se cometerían injusticias con la sociedad.
El debate producido en la antesala del tratamiento de la norma en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), ya que según los juristas, se pretende imponer un sistema inquisitivo reemplazando a un garantista.
Esto en contra de los postulados de la Constitución Política del Estado (CPE), cuando lo que se requiere, es reformar el Código Penal y ajustar temas logísticos.
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Es un equívoco pretender cambiar la ruta. El penalista Alejandro Colanzi, considera que es un nuevo equívoco pretender cambiar la ruta, cuando no se ha cambiado al camión.
“Esto quiere decir, que es un error cambiar el procedimiento, cuando el Código Penal no se lo cambia”, comentó el exprefecto.
Colanzi recalcó que la normativa penal data de la década del setenta y arrastra muchas concepciones que tergiversan los objetivos constitucionales.
Manifestó que el CPP cambiado hace 15 años atrás, significó un salto importante en la protección de las partes y por eso se lo llamó un procedimiento garantista y esto en contraposición a un Código Penal violatorio.
Con la reforma al Código Procesal, dijo que le dan mucho poder al juez cautelar y eso es un viejo resabio inquisitorial o acusatorio y el Tribunal de Sentencia se reduce a los jueces técnicos, eliminando a los juzgadores ciudadanos.
Se debe mantener el actual CPP. Mientras que el expresidente del Colegio Nacional de Abogados, Edwin Rojas, comentó que se debe mantener el actual CPP; en especial cuando en una coyuntura donde los jueces técnicos se encuentran muy cuestionados y los juzgadores ciudadanos han sido un logro para mejorar la justicia boliviana.
Indicó que el procedimiento penal necesita muy pocos ajustes, ya que el problema de la retardación de justicia, corrupción e injusticia, es por una investigación criminal disminuida.
Rojas dijo que Bolivia necesita un Ministerio Público y una Policía nacional acorde con un estado moderno, con efectivos policiales y fiscales especializados, laboratorios de primera y suficientes recursos económicos, y eso pasa, por cuestiones logísticas.
Reformar medidas cautelares. Para el expresidente del Colegio de Abogados de Santa Cruz, Fernando Cuéllar, la reforma al Código Procesal Penal, se debe centrar en las medidas cautelares.
El también decano de Derecho de la Udabol, tomó como ejemplo la reincidencia de personas que cometen delitos, quienes cada vez consiguen su libertad provisional.
Es decir, que los jueces aplican medidas sustitutivas a la detención y “los delincuentes salen libres para seguir cometiendo sus fechorías”. Otro de los criterios que se deben ajustar en el CPP, es la coordinación entre la administración de justicia y el Ministerio Público, porque es en la cuestión técnica-jurídica de los fiscales donde se vulneran los procedimientos.
Se retomará el tema en marzo. Por su parte, el presidente de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Juan Carlos Cejas, dijo que en marzo se retomará el tema.
Indicó que se sigue trabajando el borrador de la reforma, por lo que no quiso adelantar las reformas.
Sin embargo, en la página web del Ministerio de Justicia, la reforma Procesal Penal, mantiene el modelo acusatorio, en equilibrio entre las garantías de la víctima y el imputado.
Además, incorpora la justicia restaurativa a través del acuerdo en pos de la reparación, responsabilización e reintegración del infractor, aún en ejecución de sentencia, entre otros aspectos.
Pretenden suprimir los jueces ciudadanos. Para la diputada de Convergencia Nacional (CN), Norma Piérola, cuestionó la intención del Ejecutivo de suprimir del Tribunal de Sentencia a los jueces ciudadanos.
“También quieren suprimir la etapa conclusiva, cuando es muy necesario su permanencia para evitar vulnerar los plazos establecidos en la norma”, comentó.
La opositora aseveró que el CPP establece con claridad expresa que los plazos son de tres años con sentencia penal ejecutoriada y si se incumple, automáticamente se extingue el proceso.
Manifestó que en la actualidad, los administradores de justicia están vulnerando de manera permanente las disposiciones del Código Procesal Penal y uno de los ejemplos claros es el caso Rózsa, entre otros.
Propuesta de la UAGRM
Resalta la protección de la víctima incluida en la CPE
Académicos. La Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), presentó ante el Ministerio de Justicia, una propuesta sobre las observaciones, modificaciones y recomendaciones al anteproyecto de reformas al Código de Procedimiento Penal (CPP). “Se analizó los puntos más álgidos del procedimiento, entre ellos la protección de la víctima
incluidas en la Constitución Política del Estado (CPE)”, afirmó Blas Aramayo, uno de los integrantes de la Comisión de docentes encargados de redactar la propuesta.
Aramayo mencionó que esos derechos de la víctima, deben estar a cargo de un organismo independiente e imparcial.
Mientras que el experto Juan Soliz, quien también formó parte de la Comisión de Docentes de la mencionada facultad, dijo que se sugirió mantener los Tribunales de Sentencia, con sus tres jueces ciudadanos y los dos técnicos. Ya que los ciudadanos dan cierta garantía al desarrollo del juicio penal.
Soliz comentó que el motivo de la modificación de la norma procesal penal, es porque no aportó lo que se pretendía que era la celeridad, ya que en la actualidad se habla de retardación de justicia. Además de Aramayo y Soliz, la comisión académica está conformada por los docentes Alejandro Ortega, Saúl Lijerón, Wilfredo Torrico, Germán Quezada, Humberto Cuéllar y Edil Peña. Profesionales que hicieron llegar el documento al decano Manfredo Menacho y este al Ministerio de Justicia.
Punto de vista
‘Anteproyecto tiene como fachada al modelo acusatorio’
Ciro Áñez Núñez
Máster en Derecho Procesal Penal
“El anteproyecto del Código Procesal Penal, tiene como fachada al modelo acusatorio; sin embargo, está debilitado por cuanto no es garantista. Por ejemplo, bajo el argumento de que supuestamente la objeción de querella es solamente un instrumento procesal que causa perjuicio, elimina esta institución jurídica y la revisión de la querella deja de ser potestad del control jurisdiccional (los jueces), para dárselo al Ministerio Público (fiscales de materias). Lo cual sin duda alguna, es contraproducente, porque existe una contaminación de roles, ya que el fiscal será juez y parte y decidirá si la querella presentada ante él será o no admitida y no existirá recurso alguno que cuestione su decisión. Este anteproyecto, elimina la etapa intermedia o audiencia conclusiva (establecido en el art. 325 del CPP actualmente en vigencia), bajo el criterio de que supuestamente debido a que se debe realizar esta audiencia conclusiva se incurre en dilaciones indebidas porque se suspenden las audiencias o estas se demoran. Mantiene el monopolio del Ministerio Público sobre el sobreseimiento (absolución anticipada realizada por el fiscal), esto es, en vez que en la audiencia conclusiva se realice un control jurisdiccional al sobreseimiento, resulta que se los deja todo a su libre arbitrio". Este anteproyecto del CPP en vez de que exista un mayor control de garantías y de derechos constitucionales por parte del juez de instrucción en lo penal, resulta que los fiscales tendrán mayor poder de aplicación sin restricciones por los jueces.