Proyecto de ley contra mala praxis incluye resarcimiento de daños


Los familiares de las víctimas de negligencia médica exigen contar con una ley contra la mala praxis. archivo

Los centros de salud públicos y privados al igual que los galenos tendrán que asumir el resarcimiento económico por el daño a la víctima y brindar atención clínica hasta la recuperación total del paciente afectado. Estas acciones están contempladas en el proyecto contra la mala praxis médica que fue repuesto para su análisis en la Cámara de Diputados.

El secretario del Comité de Política Internacional, Protección al Migrante y Organismos Internacionales, Richard Cordel Ramírez, y el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de Diputados, Rodolfo Calle Inca, explicaron a OPINIÓN, por separado, que se resolvió reponer este proyecto en la Cámara Baja para enfrentar la negligencia médica que agobia a varias familias bolivianas.Según Cordel, la norma deberá sustanciarse nuevamente en la Comisión de Educación y Salud de donde se emitirá un informe para ser considerado por el pleno camaral.“De lo que estamos seguros es que este año sí o sí vamos a aprobar la ley contra la negligencia médica”, afirmó. El proyecto de ley que Cordel promovió desde hace dos años se paralizó por una serie de cuestiones que ahora “no tienen razón de ser”, indicó.Por su parte, el asambleísta Calle precisó que esta nueva norma tiene como principal fundamento el resarcimiento y atención de la víctima de negligencia médica y no se concentra en buscar la sanción penal del galeno.En tanto que el presidente del Colegio Médico Departamental de La Paz, Luis Larrea, manifestó que están prestos a la convocatoria que les hagan los asambleístas con “propuestas concretas y no políticas”.Según el impulsor de esta norma denominada “Ley que regula la prestación de servicios de las entidades de salud pública, seguridad social y privada”, tienen documentos de acuerdos del Colegio Médico de Bolivia que dan su aprobación al proyecto. El diputado Cordel dijo que los profesionales médicos y odontólogos serán convocados nuevamente para “sellar” un consenso y así evitar nuevas movilizaciones como se registraron la pasada gestión.COMPENSACIÓN El diputado oficialista Rodolfo Calle informó que retomaron la iniciativa con el objetivo de que “los médicos, dueños de clínicas y pacientes tengan una relación fluida y coordinada, porque actualmente existe en las unidades hospitalarias un total abandono hacia los pacientes”.Explicó que la norma no busca que los médicos que hayan incurrido en negligencia sean sancionados con la privación de libertad, sino que den una compensación económica que permita al paciente concluir el tratamiento médico.“Esta ley propone que las personas que causen daño físico a los pacientes tengan que enmendar ese daño causado; esta ley no es punitiva. El paciente no quiere que el médico vaya a la cárcel, el paciente afectado busca concluir su tratamiento para estar bien de salud”, aclaró.No obstante, explicó que cuando se evidencie o compruebe que un médico a sabiendas de que el tratamiento o medicamento que recetó está mal y causare la muerte de un paciente, este delito será tipificado según establece el Código Penal.El proyecto plantea que el Consejo de Médicos tenga representantes de los ministerios de Salud, Transparencia, Gobierno y Fiscalía, con el fin de que exista imparcialidad durante el proceso contra el profesional que cometa negligencia médica.“Los mismos médicos no pueden sancionarse. Como sabemos, entre bomberos no pueden pisarse la manguera, por eso creemos que su Comité de Ética no puede tratar temas de negligencia médica”, explicó el diputado Calle.ALCANCES El proyecto contra la mala praxis médica plantea entre sus temas centrales la creación de unidades gestoras en los nueve departamentos para recibir las denuncias, procesarlas y efectuar el seguimiento de los casos hasta su conclusión.Asimismo se incluye en un artículo una especificación concreta sobre la “prescripción médica” (receta) de los facultativos de salud. La norma especifica que el médico debe escribir con letra “legible o imprenta, especificando el nombre genérico del medicamento”.Cordel explicó que lo novedoso de esta medida legal es que se incluye a los dueños de las clínicas privadas para que sean también responsables de la mala praxis y no solo el médico como sucedía anteriormente.

Apuntes.

Casos penales.-El Colegio Médico atiende denuncias de presunta negligencia médica y las demandas se sustancian en el Tribunal de Ética. Algunos casos han tenido solución, en cambio otros se fueron a un proceso penal.-El 2013 el Colegio Médico de La Paz recibió 27 denuncias de mala praxis. Algunos han pasado al Tribunal de Ética y otros han sido desestimados porque no correspondían a negligencia sino a temas de atención médica en algunas clínicas y del sistema público.Daño civil-Cuando el proyecto de ley se apruebe y promulgue, la responsabilidad civil y solidaria consistirá en la obligación de resarcir al paciente por el daño causado y los perjuicios inferidos en la prestación del servicio de salud.-Si se evidencia un caso de mala praxis, son civilmente responsables los profesionales de salud y los servicios de salud pública, seguridad social o privados. Al margen de la responsabilidad penal, deben resarcir los daños y perjuicios causados al paciente.



Médicos piden consensuar ley

El presidente del Colegio Médico Departamental de La Paz, Luis Larrea, dijo que cualquier ley tiene que ser socializada y concertada con los actores involucrados, en este caso con los galenos, pero no “politizar” la medida para quedar bien con la gente por votos.Lamentó que la ciudadanía considere que toda afección fatal y grave, producto de la atención médica, sea atribuida a una negligencia médica.Larrea manifestó está de acuerdo con que se sancione la mala praxis de la medicina, pero no es posible que por algunos casos menores afecten la profesión del médico o incluso se cierren hospitales.Según el directivo, los médicos están dispuestos a trabajar una ley sobre la negligencia médica concertada. “No puede ser que haya un grupo que se arrogue la defensoría de la mala praxis y que simplemente sea un protagonismo político, cuando el tema es enteramente de salud y social”, aseveró.El diputado Richard Cordel dijo que el proyecto de ley fue concertado con los colegios de Médicos y Odontólogos.

Siete causas pueden derivar ensanción a centros de salud y galenosEl proyecto de ley de negligencia médica señala alcances sobre las causas para sancionar a médicos y centros de salud, además incluye el procedimiento para efectuar la denuncia que busque la reparación del daño.1.- Según la medida, las sanciones a ser reglamentadas para centros hospitalarios se dan cuando la entidad de salud pública o privada no cuenta con el nivel de atención requerido para la prestación del servicio.2.- Por no haber desarrollado procedimientos adecuados con los recursos científicos y técnicos necesarios para la prestación del servicio de salud.3.- Por no contar con el personal y profesionales calificados para la prestación del servicio de salud.4.- Por no contar con equipamiento e instrumental médico en perfectas condiciones de operabilidad.5.- Por no contar con las normas de bioseguridad, higiene y asepsia de los ambientes y del instrumental médico.6.- Por no haber prestado la atención de urgencia oportuna.7.- En caso de dolencia grave del paciente, por no proporcionar la atención respectiva y facilitar el medio de transporte que el caso requiera para la remisión a la entidad de salud pública o privada.REPARACIÓN DEL DAÑO La propuesta legal señala que las víctimas deben presentar la denuncia ante el Ministerio de Salud en forma escrita.Conocida la denuncia el Ministerio de Salud dispondrá la investigación de los hechos denunciados, y aplicará las disposiciones del proceso administrativo en el marco de la Ley 2341, sin recurso ulterior.Si el informe final establece indicios de responsabilidad civil remitirá los antecedentes mediante la unidad legal al Juez Público en Materia Civil Comercial a los efectos de la reparación del daño.El informe emitido por la autoridad encargada del Ministerio de Salud tendrá pleno valor probatorio en materia, civil, penal, administrativa y no será recurrible.Si se establece además la existencia de responsabilidad penal, remitirá los antecedentes al Ministerio Público. Esto no impedirá que se sustancie el proceso de responsabilidad civil.El pago de daños y perjuicios ocasionados por la infracción de la presente ley tendrá privilegio en el pago.

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La máxima pena por lesiones es 8 años de cárcel

En la actualidad, los casos de mala praxis son sancionados por lesiones gravísimas, según del Código Penal.El presidente de la Comisión de Derechos Humanos de Diputados, Rodolfo Calle Inca, manifestó que quienes quieren cárcel para los médicos por negligencia médica deben sustanciar su proceso con base en el Código Penal, en los artículos 160, 270 y 271 referidos a las lesiones graves.“Lamentablemente solo se penaliza con cárcel y hasta ocho años, pero la víctima necesita quién lo asista. Ahí está la respuesta de este proyecto de ley que pretende que los responsables de mala praxis asuman los gastos y también los hospitales”, aseveró el asambleísta.La ausencia de una normativa específica sobre la mala praxis médica en el país dejó muchos casos en la impunidad. Se han destruido familias como consecuencia de que los pacientes quedaron en estado vegetal, o con daños y secuelas graves que deben ser enfrentados con tratamientos costosos y, en otros casos, las víctimas dejaron de existir.El diputado Richard Cordel dijo que este panorama de indefensión de la ciudadanía ante los malos médicos fue la base para impulsar desde hace años un proyecto de ley que enfrente esta injusticia social a través del resarcimiento económico para las víctimas.El artículo 260 del Código Penal señala “el que causare la muerte de una persona incurrirá en reclusión de seis meses a tres años. Si la muerte se produjera como consecuencia de una grave violación culpable de los deberes inherentes a una profesión, oficio o cargo, la sanción será de reclusión de uno a cinco años”.En tanto que el artículo 270 de lesiones gravísimas especifica que el autor cumplirá la pena de privación de libertad de dos a ocho años, cuando de la lesión resultare una enfermedad mental o corporal, cierta o probablemente incurable. La debilitación permanente de la salud o la pérdida o uso de un sentido, de un miembro o de una función, entre otros.En tanto que el artículo 271 sobre lesiones graves y leves señala que “el que de cualquier modo ocasionare a otro un daño en el cuerpo o en la salud, tendrá una reclusión de 1 a 5 años”.Para atender los casos de negligencia se requiere contar con más auditores médicos.Por ejemplo en La Paz hay cinco auditores que en 2013 tenían a su cargo un centenar de casos de denuncias de presunta negligencia médica.

Fuente: Opinión