CASO LA RAZÓN: EL MAS SOSPECHA DE LA INTELIGENCIA CHILENA. La Asociación Nacional de la Prensa reclama como inviolable el ‘secreto de imprenta’, a raíz del juicio contra La Razón. El titular de Diputados habla de vulneración de la seguridad de Estado
Gobierno contrapone secreto de Estado a reserva de fuente
Aguilar y Benavente se acogieron al silencio, dentro del proceso contra La Razón
EL DEBER / AGENCIAS
En la víspera del Día del Periodista boliviano, un juicio penal abierto por el Gobierno por ‘espionaje y revelación de secretos de Estado’ en contra de dos periodistas del diario La Razón pone en entredicho el precepto del secreto de fuente de la Ley de Imprenta vigente. Así ha quedado demostrado ayer, cuando el procurador general del Estado, Héctor Arce, ratificó su querella porque ve que se reveló información que “puede ser considerada como reservada” en la demanda marítima boliviana en contra de Chile ante la Corte de La Haya.
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Ante el hecho, la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) ha recordado la vigencia del “secreto en materia de imprenta”, protegido por los artículos 8 y 9 de la Ley de Imprenta. Asimismo, ha reclamado el respeto a la libertad de expresión, amparados en la Constitución.
“Nosotros solo hemos presentado una solicitud (de revelar quién filtró información a los periodistas) y son los órganos competentes los que tienen que actuar. Aquí no se ha forzado ningún procedimiento, pero lo que sí todos tenemos que pensar es en el interés mayor», sostuvo Arce Zaconeta.
El proceso fue abierto luego de que una publicación reveló parte del contenido del argumento de Bolivia contra Chile, motivo por el que el procurador denunció ante la Fiscalía el caso, exigiendo que la justicia levante el secreto en materia de imprenta y los periodistas revelen quienes son sus fuentes, bajo la justificación de que se trata de temas que involucran a la “seguridad del Estado”.
Entuerto legal
Tras la querella del Gobierno, el juez onceavo de Instrucción en lo Penal de La Paz, Jhonny Machicado, ordenó el jueves a los periodistas Ricardo Aguilar y Claudia Benavente revelar sus fuentes en un plazo de tres días, o sea, como juez ordinario instruyó levantar un secreto de imprenta en atención al pedido del Gobierno que justifica su posición porque se trata de información ‘reservada’. “Creo que, precisamente, esta demanda que se plantea va servir para ampliar esta investigación a qué es lo que ha pasado, de dónde ha salido (esa información) y si es que hay una verdadera perforación de parte de la inteligencia chilena a los que son los sistemas de seguridad nacional”, sostuvo el presidente de Diputados (MAS), Marcelo Elío.
Además de la ANP, organizaciones como la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa han cuestionada la acción penal del Gobierno que, en su criterio, busca romper la protección de fuentes y atenta contra la libertad de expresión y el Estado de derecho
La denuncia es política y desnaturaliza
José Luis Santistevan – ANALISTA POLÍTICO
Bajo el paraguas protector de la CPE (artículos 106 y 107) y la Ley de Imprenta (artículos 8 y 9), el editor o impresor que revele a una autoridad política o a un particular el secreto anónimo, sin requerimiento del juez competente, es responsable, como delincuente, contra la fe pública, según el Código Penal.
¿Quién es el juez competente? Cuando el periodista o el director de un medio impreso son denunciados, como en el presente caso, el juez competente es el Tribunal de Imprenta y no un juez ordinario.
Cuando un juez requiere una información de prensa para aclarar un delito de orden público que involucra la fe o los intereses del Estado puede pedir información, siempre y cuando el periodista o el director del medio no sea parte del proceso penal.
El artículo 124 de la CPE define los delitos de traición a la patria. La conducta del medio no se adecúa a ningún precepto: El país no está en guerra, no hay secretos militares, secretos económicos de Estado, no se ha violentado el régimen de los recursos naturales y la libertad de expresión no atenta contra la unidad del país. La denuncia es política por parte del procurador que desnaturaliza la función que tiene dicho órgano.