Observaciones al proyecto de ley que regula la tenencia de perros peligrosos


Roberto Sandro Fernández*

SANDRO Esta ley a priori está mejorada respecto a la que se intentó hacer el año 2013, la ley del diputado Zabaleta que condenaba a muerte a 13 razas y sus cruces, en definitiva a la mayoría de los perros.

Esta ley que se aprobó en la Cámara de Diputados en todas sus instancias y pasó a senadores es un proyecto de ley que miramos con agrado ya que se cambió el término prohibición por regulación. Con el término prohibición se estaba obligando a matar a esos perros y con el término regulación se mantiene la vida y se regula su tenencia. Segundo punto favorable son las determinaciones precisas que establece este proyecto de ley, como es el caso de las prohibiciones de peleas de perros, también sobre la prohibición de criaderos de estas razas, y la esterilización y vacunación antirrábica obligatoria, y lo fundamental, que se protege al ser humano de mordeduras con sanción penal. Por eso estamos de acuerdo, pero se deben hacer correcciones importantísimas:



1ra. Observación – Estas razas solo ocasionan el 1% de las mordeduras a personas (fuente: Centro de Salud Lazareto).

2da. Observación – El seguro de accidentes por mordeduras no debe pasar el costo de 20 Bs. ¿Por qué? Porque si todos los que tienen perros de estas razas pagan alrededor de 50 $us como tasa anual, las aseguradoras no gastarían casi nada, considerando que solo el 1% solo es mordido por estos perros. Calculando 50.000 perros que paguen sus seguros a 50$ son 2.5 millones de dólares, y las aseguradoras no gastarán ni el 10%.

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3ra. Observación – No se sancionan penalmente estas prohibiciones. Se prohíben las peleas perros, se prohíben los criaderos, obliga la esterilización, se obliga a la vacunación antirrábica, pero no se sanciona penalmente estas prohibiciones, esto quiere decir que esto será un saludo a la bandera.

4ta. Observación – Se violan los derechos de los canófilos o sinofilias. La canofilia o sinofilia es el arte que busca la purificación de la raza, que en ningún momento es comercial. Este arte quedará castrado. Las personas practican esto en todo el mundo como método de embellecer una región con perros puros.

5ta. Observación – No se precautela la salud integral emocional de los vecinos. Si verdaderamente queremos proteger a los vecinos de nuestro país se debería prohibir todo tipo de pelea gallos, perros, etc., porque estos espectáculos crean una cultura de la violencia en los vecinos que trasladan estas acciones de crueldad a los hogares, propinando golpizas a los miembros de las familias.

Conclusión – Esta ley sería interesante en su estructura, solo que debemos considerar que el dinero de los seguros saldrá de la población boliviana para enriquecer a las aseguradoras, empobreciendo a los vecinos. Se deben prohibir todo tipo de peleas de animales para precautelar la salud integral tanto emocional como física de los vecinos; se deben penalizar todas las peleas de animales y los criaderos de perros de todos las razas; se debe penalizar al vecino irresponsable que no haga vacunar contra la rabia a su mascota, y se debe crear la excepción para las asociaciones canófilas bajo un estricto control del Estado bajo sanción penal.

*Presidente de SOPRAMA (Sociedad Protectora de Animales y del Medio Ambiente de Bolivia)