Tras la abdicación de Don Juan Carlos, ¿ahora qué?


La decisión del Monarca de España se consumará cuando el Congreso apruebe la ley que le remitirá el Consejo de Ministros de mañana.ABC.es / MadridUna de las principales lagunas que contempla la abdicación del Rey en la Constitución Española es que el artículo 57.5 establece que esta se desarrollará por ley orgánica, lo que en las tres últimas décadas no se ha hecho. Habrá que hacerlo ahora por tanto ad hoc, lo que no plantea ningún problema. De hecho está previsto que mañana martes lo haga el Gobierno, en el Consejo de Ministros extraordinario que ha convocado el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. En cuanto a la línea sucesoria, la abdicación en sí no plantea ningún problema porque el artículo 57.1 de la Carta Magna ya establece que el heredero es el Príncipe de Asturias.La ley orgánica que salga del Consejo de Ministros de mañana tendrá que ser aprobada por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, como establece el artículo 81.2 de la Constitución: «La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto». No es necesario que pase por el Senado, según recuerda el catedrático de Derecho Constitucional Antonio Torres del Moral. Solo aprobada esta ley se puede considerar consumada esta abdicación, señala el constitucionalista, pues ahora lo único que ha hecho el Monarca es presentar su abdicación y comunicársela al jefe del Ejecutivo.El siguiente paso una vez aprobada la ley orgánica es la proclamación del nuevo Rey ante las Cortes Generales, algo que se podría llevar a cabo en cuestión de días. El todavía hoy Príncipe Don Felipe, Heredero de la Corona, tendrá que pronunciar juramento de que desempeñará fielmente sus funciones, «guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas» (artículo 61.1 de la Constitución).El título II de la Carta Magna regula el carácter inviolable del Rey, su proclamación y las funciones que tiene atribuidas.

Así queda el árbol sucesorio en la Familia Real

La abdicación del Rey pone encima de la mesa la sucesión de la Corona. Todos los asuntos relacionados con las renuncias, sucesiones, abdicaciones… por parte de la Familia Real se resuelven en una Ley Orgánica que exige la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.imageLa abdicación del Rey pone encima de la mesa la sucesión de la Corona. Todos los asuntos relacionados con las renuncias, sucesiones, abdicaciones… por parte de la Familia Real se resuelven en una Ley Orgánica que exige la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados. «Como el PP tiene mayoría absoluta no habrá mayores problemas en su realización —asegura Rafael Murillo, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Ceu-San Pablo—. Lo ideal sería que no se realice una ley ad hoc, sino diseñada para abordar también nuevas circunstancias que se puedan presentar en el futuro».Según lo estipulado por el artículo 57.1 de la Constitución Española, la Corona la hereda el hijo del Rey, el Príncipe de Asturias. Las Cortes serán las encargadas de proclamarle en su nuevo cargo, tal y como está definido en el artículo 61 de la Constitución, después de que preste juramento de proteger en nuevo orden constitucional.«Si el procedimiento es rápido y se procede a una lectura única ante el Pleno, el pazo puede ser de un mes para que se produzca el juramento», explica Rafael Murillo.La hija mayor del ya nombrado Rey Felipe, hasta entonces infanta Leonor, pasará a ser Princesa de Asturias y futura heredera de la Corona. «En el caso de que los futuros reyes de España tuvieran un hijo varón, Leonor perdería la condición de Princesa de Asturias —matiza profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Ceu-San Pablo—. Pero si no nace ningún varón, en el momento en que Leonor, como Princesa de Asturias, cumpliera 18 años de edad, tendría que jurar ante las Cortes el título de Princesa heredera. Sus hermanas tendrían el rango de infantas de España».  ABC.es