Afirman las dos magistradas suspendidas del Tribunal Constitucional de Bolivia, Soraida Chánez y Ligia Velásquez.
Magistradas: Código Militar debe ser adecuado a la CPE
Proceso. El suboficial Johnny Gil, primero de la izquierda, junto a sus dos abogados y el pleno del Tribunal Supremo de Justicia Militar. Foto archivo La Razón.
Las dos magistradas suspendidas del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Soraida Chánez y Ligia Velásquez, coincidieron el miércoles en señalar que el Código Procesal Militar debe ser necesariamente adecuado a la nueva Constitución Política del Estado, que está vigente en el país desde 2009.
“El Código Procesal Militar está vigente, sin embargo, el mismo debe ser adecuado a la nueva Constitución Política de Estado, al cual nadie se puede excusarse de cumplir, ninguno de sus elementos”, aseveró Chánez. En la misma línea, Velásquez afirmó: “Tiene que adecuarse a la Constitución, toda normativa tiene que estar adecuada, no olvidemos que tenemos una nueva Constitución desde 2009, que también prevé que se haga el desarrollo normativo absolutamente de todo el ordenamiento jurídico, eso quiere decir que tanto los Códigos Militares y Policiales deben estar adecuados”.
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Ambas hicieron estas declaraciones en referencia al caso de la detención de tres suboficiales de las Fuerzas Armadas que permanecen detenidos por haber impulsado las movilizaciones en demanda de la descolonización de la institución castrense.
Chánez y Velásquez, en declaraciones a ERBOL, también explicaron que cuando existe la vulneración de derechos y garantías constitucionales, corresponde a la jurisdicción ordinaria tratar el tema y no a la justicia militar.
Las magistradas suspendidas sustentaron sus afirmaciones en dos sentencias constitucionales que el Tribunal Constitucional ya emitió. El primero en 2004 en relación al caso ‘febrero negro’ y el segundo el 21 de diciembre de 2012 por el caso Poma.
Fuente: ERBOL