[vid url=http://cd1.eju.tv/video/1406/PB1509071350.mp4] La acción va en contra de una norma del TSE que prohíbe a los alcaldes y gobernadores opinar sobre el referendo autonómico. La acción será presentada este lunes por la tarde.
Luis Revilla, alcalde de La Paz. Foto: Boliviatv-net
La Paz, 7 de septiembre (ANF).– El alcalde Luis Revilla anunció para este lunes, la presentación de una acción de amparo constitucional en contra del Tribunal Supremo Electoral (TSE), por prohibir, normativamente a los alcaldes y gobernadores, emitir opiniones sobre el referendo consultivo de los estatutos autonómicos que se desarrollarán el 20 de este mes.“Se ha vulnerando los derechos de las autoridades electas en el caso de los alcaldes y gobernadores, al prohibirles opinar sobre el referéndum autonómico, pero no así a los concejales y asambleístas. Se trata por lo tanto de una discriminación muy clara que se ha hecho hacia autoridades electas que tienen las mismas características, los mismos requisitos para su elección, y que por lo tanto no hay ninguna razón para que se coarte la libertad de opinión de las autoridades electas y que nos pone muy susceptibles respecto al manejo, otra vez, bajo influencias políticas del propio Tribunal Supremo Electoral”, explicó Revilla.La acción de amparo constitucional es una garantía constitucional, un medio procesal idóneo de naturaleza tutelar, que tiene por objeto la restitución o restablecimiento de los derechos reconocidos por la Constitución, los instrumentos internaciones en materia de Derechos Humanos y la Ley, cuando éstos hubieran sido vulnerados, suprimidos o amenazados por servidores públicos o personas particulares.Revilla envió una carta al TSE, el 24 de agosto, pidiendo una explicación “sobre los fundamentos de exclusión del alcalde dentro de las autoridades que pueden socializar e informar”.En la nota remitida se mencionó que, en cumplimiento al artículo 24 de la Constitución Política del Estado (CPE) se pidió los fundamentos de «dicha exclusión en la socialización e información sobre las normas, políticas o asuntos de interés público sometidos a consulta dentro de su territorio”.En la misma nota se describió que en la resolución del TSE 701/023/2015, del 4 de agosto de 2015, que modifica el reglamento para la difusión de propaganda electoral para procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato, en el que en su artículo cuarto cuyos sujetos autorizados, y en su numeral II, se especifica lo denunciado.“Para la socialización e información sobre las normas, políticas o asuntos de interés público sometidos a consulta, están habilitados y autorizados: Asambleas Legislativas Departamentales, Asambleas Regionales; Concejos Municipales; u órganos deliberativos solicitantes del referéndum”, se describe en el numeral II de la norma arriba citada.En criterio de la autoridad paceña, dicha norma evidencia la exclusión del alcalde y del gobernador, la posibilidad de socializar e informar sobre los procesos de referendo consultivo que se desarrollará este 20 de septiembre en los departamentos La Paz, Oruro, Potosí, Chuquisaca y Cochabamba.