En nueve días más, cinco departamentos y cinco municipios irán a las urnas para decidir sobre los proyectos de estatutos autonómicos (Cochabamba, Chuquisaca, La Paz, Oruro y Potosí), estatutos indígenas (Charagua y Totora Marka) y cartas orgánicas (Huanuni, Tacopaya y Cocapata).Lo curioso de la consulta es el marco de arbitrariedad normativa dictado por los nuevos integrantes del Tribunal Supremo Electoral (TSE), que parecen estar siguiendo los malos rumbos de sus antecesores en el cargo.De acuerdo a las reglas impuestas con dudosa legalidad por la máxima instancia del Órgano Electoral, no está permitida la campaña por el No a dichos proyectos, quedando reducida la consulta a una campaña unidireccional por el Sí, eufemísticamente llamada “socialización”.Por si fuera poco, la ventajista resolución 701/023/2015 excluye de la “socialización” a las autoridades ejecutivas de los citados departamentos, tal vez temiendo la influencia que pudieran ejercer gobernadores y alcaldes de oposición.Lo más riesgoso es que podríamos estar ante una maniobra para sentar un precedente jurídico funesto, de cara al referéndum constitucional que probablemente tenga lugar en el 2016, con miras a habilitar la re-re-reelección presidencial.Si se deja pasar sin debate la prohibición de campaña por el No en los referendos con “cancha inclinada”, ¿qué garantizaría que el año entrante no enfrentemos una consulta popular sobre la CPE con similares [email protected]