Mediante memorial la Fiscalía pidió fijar nuevo día y hora argumentando que no fue notificada. Es la segunda vez que la defensa solicita la libertad de Kushner.
La Paz, 2 de marzo (ANF).- A más de seis meses de la muerte de Andrea Aramayo, la sala penal tercera reprogramó para este viernes la audiencia en la que se pronunciará sobre  el pedido de cesación de detención  de William Kushner.
Es la segunda petición de libertad interpuesta por la defensa del acusado. El pasado 13 enero la justicia negó el pedido de cesación de detención ante el riesgo de obstaculización de la investigación del imputado por supuesto feminicidio.
Según los plazos procesales establecidos en el código penal a los seis meses debe concluir  el periodo de investigación y  tanto la acusación como la defensa deben presentar las pruebas para sustentar su causa.
La abogada querellante, Stefanía Suarez, explicó a ANF que  se espera que se formalice  la acusación por feminicidio, que según el artículo 252 bis de la Ley  348  es sancionado con 30 años de cárcel sin derecho a indulto. Â
En cambio la abogada de la defensa, Audalia Zurita, aseguró que se han aportado pruebas sustanciales y todos los elementos de convicción que demuestran que Kushner no cometió feminicidio y sólo incurrió en conducción imprudente en estado de ebriedad. Â El código penal determina una pena de hasta cinco años de prisión para quien cometa un accidente de tránsito con muerte.
No fue un accidente, es feminicidio insistió la madre de la víctima, Helen Alvarez.  La parte acusadora considera que tratándose de un proceso tan complejo el periodo de  investigación fijado por ley no ha permitido completar todas las pericias.
Contamos con muchas evidencias para sustentar nuestra demanda de acusación por feminicidio, pero también esperamos que se complementen algunas pruebas, djjo Suarez.
La defensa de Kushner  argumenta que no hay materia justiciable porque no hubo atropellamiento y tampoco intención de cometer feminicidio declaró Zurita a ANF.
La defensa de Kushner aseguró que se han aportado con todas las pruebas conclusivas y  corresponde acelerar el proceso, determinar la absolución y decretar el cierre de obrados.
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Fuente: noticiasfides.com
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