Víctor Hugo Chávez Serrano*¿Cómo puede funcionar una democracia en la que la expresión del pueblo no vale? Un curioso debate ha surgido ni bien se escrutaron las últimas actas electorales del referendo del 21 de febrero del pasado año: «Se debe hacer una nueva consulta al pueblo”, a decir de los miembros del Gobierno central.El simple hecho de pretender invalidar los resultados del mencionado acto democrático constituye por sí mismo (sólo la intención de hacerlo) en un insulto al sistema democrático reconocido por la Constitución, empero quienes impulsan este cuestionado planteamiento no otorgan valor alguno a los resultados de las urnas y plantean un conjunto de malabarismos constitucionales a los que se les pretende otorgar algún atisbo de constitucionalidad.Una de las imaginativas propuestas radica en que el Presidente deba renunciar a su cargo para luego habilitarse como candidato a una nueva elección; esto lleva a la conclusión que quienes plantean la renuncia del Presidente en realidad lo que quieren es que se vaya del Gobierno, facilitando con ello el cumplimiento de los resultados del referendo de 21 de febrero del pasado año; por otra parte, los proponentes denominados «expertos constitucionalistas” al parecer no han leído la Constitución, que establece en su Art. 238 Num. 3 que no podrán acceder a cargos públicos electivos «Quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre nombramiento que no hayan renunciado a este, al menos tres meses antes del día de la elección, excepto el Presidente y el Vicepresidente…”; es este el precepto constitucional que invalida la propuesta de renuncia anticipada aventureramente esgrimida por quienes parecen no haber leído la Constitución.Pero, más allá del debate leguleyo -constitucional emergente de los ocurrentes planteamientos-, queda como tema central de análisis el prorroguismo, como sinónimo de antidemocracia, y aunque la mayoría del pueblo boliviano expresó su determinación mayoritaria por el No respecto al planteamiento de repostulación o reelección, el poder hoy vigente no le otorga valor alguno a esos resultados, entonces cabe la pregunta: ¿cómo puede funcionar una democracia en la que la expresión del pueblo no vale?De lo anteriormente mencionado nos remontamos a dos ejemplos:1.- Prorroguismo de Porfirio Díaz en México y sus sucesivas reelecciones que llevó a ese país a una sangrienta revolución desde 1910 a 1917 en que se aprueba la Constitución de Querétaro, siendo uno de los planteamientos centrales de aquella norma: «Elección efectiva y no reelección”, y por ello es que en México no es viable la reelección pese a tener CIEN AÑOS esa determinación y a los antojos de prórroga en el poder que sin duda han podido tener varios de sus gobernantes durante este periodo.2.- Reelección forzada de Víctor Paz en 1964, que con actitud tozuda logró una reforma a la Constitución y con ella fue elegido en su tercer mandato, tomando posesión en el cargo de presidente el 6 de agosto de 1964 para luego, llevando presuroso sus valijas al aeropuerto de El Alto, abandonar el país con destino a Lima el 4 de noviembre de ese mismo año, ¡en menos de tres meses de la posesión «Constitucional” de su tercer mandato!¿Entonces, cuál es el problema de las reelecciones si es que se puede reformar la Constitución?, el problema es que existe un guardián final de la Constitución, que no es el Tribunal Constitucional de algún país, es decir siete personas que digan lo que se debe hacer respecto a la reelección, sino que el depositario y guardián último de la Constitución es el pueblo soberano, que en el caso de Bolivia ya ha expresado su determinación el 21 de febrero de 2016.Es posible que con mayorías y maniobras se pueda permitir una nueva candidatura del Presidente, esto tendría un aparente halo de constitucionalidad si se entiende ésta como abuso del poder y mofa de la Norma Suprema, empero el debate en el pueblo no se centra en temas leguleyos -constitucionales-, sino en la legitimidad emanada del pueblo soberano y, sobre esto, queda un resultado emitido oficialmente por el Órgano Electoral: el pueblo dijo No y a esa determinación se denomina legitimidad.*Abogado constitucionalista y politólogoPágina Siete – La Paz