*Norma Yalila CasanovaInvestigadora del Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales – JOM, U.A.G.R.M
Donde hay derecho, hay sociedad y donde hay sociedad prima la alteridad, entendida como el respeto por el “otro”. Ubi Societas, Ubi Jus, es una vieja tesis que ayuda a la convivencia social, ya que la norma jurídica deriva de la norma social en la proporción real y particular de persona a persona, que si se preserva conserva a la sociedad y si se la corrompe, corrompe a la sociedad, parafraseando a Dante Alighieri en su obra Monarquía, sobre la aplicación del Derecho. Tulio por su parte, en su libro Retórica, coincide indicando que si las leyes no se orientan al bien común, serán sólo leyes de nombre, ya que las personas que deberán someterse a ellas no las reconocerán y lejos de unirlos para la utilidad común, los pondrá en permanente conflicto.
Las sociedades no se constituyen por consenso ni por la voluntad de alguien, se da por condiciones culturales y hasta naturales (sin contradecir a quienes sostienen la teoría del Contrato Social), uno nace y es el único requisito de pertenencia, siendo voluntaria sólo la permanencia en ella, a merced de las oportunidades o la lucha por generar evolución dentro de las mismas, por intereses particulares o por conciencia social.Es así que las condiciones históricas y además dinámicas de la sociedad están sujetas a reglas y normas de conducta dirigidas a quienes la componen por “naturaleza” o a quienes optan por permanecer en ellas. La conciencia social general es la que regula las relaciones jurídicas, lo difícil es saber cómo llegar a construir opinión común, en condiciones de desigualdad, con privilegios para grupos o individuos, con deudas sociales históricas y sin voluntad general. Dos hechos importantes en Bolivia con respecto a la norma jurídica que merecen atención y análisis: 1) la abrogación del Código Penal a partir de una lucha incesante de la población y 2) la Promulgación y posterior Sanción del Estatuto Autonómico de Santa Cruz, después de 8 años y 8 meses de haber sido aprobado en Referéndum. Juzgue usted.*Socióloga. [email protected]