TCP declaró inconstitucional la autorización del trabajo infantil desde los 10 años


TCP declaró inconstitucional la autorización del trabajo infantil desde los 10 años MENMenores trabajadores en una calle de La Paz. Foto: ANF.El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró inconstitucional el artículo 129 del nuevo Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA), que autorizó “excepcionalmente” el trabajo infantil por cuenta propia desde los 10 años y por cuenta ajena desde los 12 años.Según la sentencia 0025/2017, emitida el 21 de julio de 2017 y que recién se conoció de manera pública, la Sala Plena del TCP resolvió declarar la inconstitucionalidad del mencionado artículo por ser “incompatible y contradictorio” con la Constitución Política del Estado (CPE), la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).Este fallo surgió gracias a una acción de inconstitucionalidad abstracta presentada el 18 de diciembre de 2014 por Rolando Villena, quien entonces era Defensor del Pueblo y consideró que se estaba vulnerando los tratados internacionales y los propios derechos de la niñez al permitir que trabajen desde los 10 años.Tras conocer el fallo del TCP, Villena se mostró satisfecho y afirmó que pese a la tardanza, “el Tribunal actuó en derecho porque la disminución de la edad permitida para trabajar (de 14 a 10 años) estaba legalizando la explotación infantil”.EL FALLO DEL TCP Fuente: noticiasfides.com