El abogado constitucionalista, José Luis Santistevan, explicó que las categorías de asilado, refugiado o perseguido político no hacen perder los derechos políticos de una persona
A menos de 10 días para la jornada electoral, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) aclaró que la medida cautelar que impedía al Tribunal Supremo Electoral (TSE) inhabilitar a candidatos que no tienen residencia en Bolivia no aplica para aquellas personas que no hayan acreditado su condición como asilados, refugiados o perseguidos políticos.
En enero, Freddy Gonzales Rodríguez interpuso una demanda contra los artículos 285 y 287 de la Constitución que en sus primeros incisos establecen que los candidatos deben cumplir el requisito de residencia en el lugar al que postulan, al menos dos años anteriores a la fecha de elección.
Como resultado en Enero el TCP emitió una resolución que daba lugar a la medida cautelar que impedía la inhabilitación de candidatos.
Esta viernes se dio a conocer una aclaración del TCP en el que señala que “la medida cautelar dispuesta, no resulta aplicable para los candidatos que tendiendo la posibilidad o sin tener impedimento alguno, decidieron de manera voluntaria establecer su domicilio o residencia en una circunscripción diferente al que postulan como candidatas o candidatos”, señala la resolución.
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En consecuencia, señala el documento, “la inhabilitación por ausencia del requisito de domicilio permanente al menos dos años inmediatamente anteriores a la elección (…) no resulta aplicable para quienes acrediten su condición de asilados, refugiados o perseguidos políticos declarados por cualquier instancia nacional o internacional”.
El abogado constitucionalista, José Luís Santistevan, explicó que las categorías de asilado, refugiado o perseguido político no hacen perder los derechos políticos de una persona.
“Los que no tengan la declaración certificada por parte de un Estado, de alguna organización o del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) de que estuvo perseguido, refugiado o asilado no podrán participar de las elecciones”, manifestó Santistevan.
El abogado explicó que la decisión del TCP no es de aplicación automática, alguien tiene que solicitar al TSE que se aplique esta resolución.