Lo que motiva a hablar -o escribir- sobre este asunto es la noticia que el portal de Expansión publicó el último día de agosto que decía: “El negocio de las gestoras españolas en Luxemburgo se dispara un 40% en los últimos años, como fórmula para ganar visibilidad entre grandes inversores internacionales”.
Pero más aún lo motiva el comentario habitual al respecto de alguien como Íñigo Errejón -un político español de izquierda radical, ex socio de Pablo Iglesias, Juan Carlos Monedero, Irene Montero, y demás socios del Socialismo del Siglo XXI en América Latina- afirmando que esto se trata de una evasión de impuestos. La misma perorata demagógica de toda la vida.
Aunque exista la tentación, no vamos a comentar exactamente sobre Errejón y compañía, sino -como adelantamos- sobre Luxemburgo y por qué y cómo se constituye en un refugio fiscal más que interesante para recurrir a él.
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Primero, uno de los principales motivos por los que una persona, una familia o una empresa decide proteger sus activos es porque advierte el incremento de riesgos fundamentalmente políticos.
Ya habíamos comentado en el pasado no muy lejano, cómo, por ejemplo, la manera en que miles de millones de euros en depósitos abandonaban España hacia Luxemburgo a inicios de 2020, ante las declaraciones de Pablo Iglesias hacia Luxemburgo: “toda la riqueza del país está subordinada al interés general”. También comentamos cómo los capitales fueron huyendo del Perú ante la sola idea de que Pedro Castillo eventualmente fuera presidente.
Pues en estos escenarios siempre es importante considerar distintas estrategias de protección de activos, como el recurrir a distintas jurisdicciones que entiendan la importancia de atraer capital y ofrecer mayor seguridad relativa al capital privado internacional con distintos instrumentos legales específicos.
Entre estas jurisdicciones bien pueden estar Delaware o la Florida en Estados Unidos, Puerto Rico, Islas Vírgenes Británicas, Bermuda y un largo etcétera.
Al otro lado del Atlántico también existen jurisdicciones igualmente interesantes como Irlanda, Andorra o Luxemburgo, precisamente.
Pues, lo primero a decir de Luxemburgo es que no es un paraíso fiscal. No califica como tal porque cumple con todos los requisitos legales en materia de fiscalidad que establecen tanto la Unión Europea o distintos organismos internacionales como la OCDE o el FMI, desde hace al menos 20 años. Es igualmente transparente o incluso más que el resto de miembros de la Unión Europea. No es un paraíso fiscal, sino un país de baja tributación cooperante con los organismos internacionales.
En este sentido, la ventaja más obvia de una jurisdicción como Luxemburgo es que se trata de un Estado solvente y, por tanto, con estabilidad política y seguridad jurídica. No hay riesgo país, no hay riesgo de insolvencia o es considerablemente menor que la del resto de miembros de la UE.
El Gran Ducado de Luxemburgo ofrece seguridad jurídica e institucional. ¡Es un Estado serio!
Luego, sobre los distintos instrumentos que ofrece su estructura de competencia fiscal, se puede decir que es más bien un refugio fiscal, porque, de entrada, toma en cuenta tanto a inversores particulares, como a familias, empresas, bancos, fondos, etc.
Por ejemplo, los no residentes no pagan impuesto sobre la renta, sobre ganancias de capital y transmisiones patrimoniales. Algunos, dependiendo de la estructura mercantil que elijan, están exentos del pago de impuestos sobre sociedades, IVA, e incluso sobre dividendos y sobre intereses.
Hay múltiples mecanismos de inversión. La gama de fondos se amplía de manera sustancial. Hay excelentes profesionales gestionando patrimonios e inversiones.
Ahora bien, dicho esto, es importante aclarar que invertir en Luxemburgo no es para todo el mundo. De acuerdo a la legislación luxemburguesa, un inversor particular puede invertir allá contratando asesoría profesional y para contratar fondos por un mínimo de €125.000. Caso contrario, solamente queda abrir una cuenta de ahorros, que no es barata dadas las comisiones, los costos de apertura de cuenta, probablemente el pasaje y alojamiento en caso de tener que ir hasta allá a abrir una cuenta, llenar formularios para declarar y justificar el origen de los fondos, etc.
En este caso estamos hablando de ciudadanos de la Unión Europea, pero para los latinoamericanos es muy difícil -cuando no imposible- abrir una simple cuenta de ahorros en Luxemburgo. En todo caso, para que un banco o una gestora de fondos de inversión independiente reciba y acepte a un cliente latinoamericano, debe tener un incentivo importante, debe ser para invertir entre €500.000 y €2.000.000 como mínimo, y con visión de largo plazo, en el mejor de los casos.
Pero si acaso lo logra, podrá contar con los grandes beneficios de invertir en el “Wall Street de la Unión Europea”, de la seguridad jurídica que garantiza aquella jurisdicción, acceder a las decenas de miles de fondos que allá ofrecen, entre varios otros aspectos.
Así, Luxemburgo se convierte en una alternativa más para quienes decidan -y puedan- preservar su patrimonio o incluso incrementarlo.
Fuente: Mauricio Ríos