Áñez cita ejemplos de cómo la justicia le negó un debido proceso para acelerar su sentencia


La Misión de la ONU se centró en observar las garantías del derecho al debido proceso y en la transparencia de los procedimientos judiciales, con base en los estándares internacionales y Tratados de Derechos Humanos firmados por Bolivia.

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Jeanine Áñez junto a sus abogados en una de sus audiencias. Foto: ABI

Fuente: noticiasfides.com

La expresidente interina, Jeanine áñez, citó seis ejemplos de cómo, durante el juicio ordinario, los administradores de la justicia le negaron un debido proceso para terminar sentenciándola con 10 años de prisión en el caso “golpe de Estado II”.



“Me negaron juez natural, me negaron el derecho a defenderme en libertad, a estar presente en mi propio juicio, a que declaren los que huyeron, a garantizar igualdad de partes (4 carteras de Estado contra 1 presa política), a mis pruebas de descargo. Me negaron todo”, indicó la exmandataria a través de su cuenta en Twitter.

Estas declaraciones fueron vertidas luego que la Misión Técnica de la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) difundiera una serie de observaciones del proceso judicial contra la expresidente y otros imputados.

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La Misión se centró en observar las garantías del derecho al debido proceso y en la transparencia de los procedimientos judiciales, con base en los estándares internacionales y Tratados de Derechos Humanos firmados por Bolivia.

Las observaciones preliminares de la OACNUDH son:

1.  Una de las primeras observaciones es al tipo penal de «incumplimiento de deberes», señala que es “incompatible con el principio de legalidad”, además de ser “excesivamente amplio y ambiguo”.

2.  En relación al uso excesivo de la detención preventiva, señala que se observó una “acumulación de detenciones preventivas por los mismos hechos bajo diferentes delitos”. Señalan que esta medida de acuerdo al derecho internacional tiene un carácter excepcional en su uso.

3.  Señalaron que tanto las medidas sobre la pandemia contra el Covid-19, así como las alteraciones al orden público “tuvo un impacto en el principio de publicidad” respecto al acceso del público y de los medios de comunicación. Asimismo, se afectó el principio de inmediación, en relación al contacto director del juez con los sujetos del proceso. Identifica que en especial se afectó a las tres personas detenidas preventivamente. “La restricción a la presencialidad física de personas acusadas en su propio juicio exige condiciones más estrictas con vistas a garantizar plenamente sus derechos”.

4.  Señalan que como norma general los juicios en “ausencia” o en “rebeldía” deben evitarse por el impacto que puede tener en las personas acusadas que tienen derecho a la defensa.

5.  La decisión del Tribunal de Sentencia de no exigir la comparecencia de testigos afectó a todas las partes en sus derechos procesales.

6.  “La participación de numerosas partes acusadoras, entre las que se encontraba la Fiscalía, la Procuraduría General del Estado, el Ministerio de Gobierno y un senador “afectó el equilibrio procesal”.

Fuente: noticiasfides.com


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