La autoidentificación indígena en el carnet de identidad levanta polémica


La medida fue aprobada el miércoles a través de un decreto supremo que fue aprobado por el Gobierno. Expertos temen que este dato pueda generar algún grado de discriminación en el futuro.

Fuente: paginasiete.bo



Los ciudadanos podrán autoidentificarse con algún pueblo indígena, originario y campesino en los nuevos carnets de identidad que comenzarán a salir en noviembre, según un decreto supremo. La oposición y los expertos advierten que esta medida podría generar discriminación.

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“En los anteriores censos había la pregunta de pertenencia (a un pueblo indígena). Ahora introdujeron el tema de la autoidentificación, pero no sé cuántos somos para cambiar todas las cédulas de identidad y colocar sí se pertenece o no. A no ser que ellos (el Gobierno), a la larga, estén pensando hacer ciertas políticas contra la discriminación. ¿Para qué introducir este elemento en el carnet de identidad? y ¿habrá discriminación entre quienes pertenecen o no? ¿Se dará preferencia a unos y a otros no?”, cuestionó la exdiretora del Instituto Nacional de Estadística (INE) Santa Cruz Melvy Vargas.

Esta semana, el Gobierno aprobó el decreto 4924 con el fin de “modernizar” el carnet de identidad. Introdujo una serie de símbolos patrios y la autoidentificación a un pueblo indígena de la persona. “Con la finalidad de representar la riqueza, diversidad natural, geográfica y cultural del Estado Plurinacional de Bolivia en el documento de identificación de las y los bolivianos, el presente Decreto Supremo tiene por objeto modernizar y actualizar la estructura de la Cédula de Identidad – CI”, reza el primer artículo del decreto.

En el reverso del documento se incluirá información del portador como: lugar de nacimiento, domicilio, profesión u ocupación, estado civil, grupo sanguíneo y, por primera vez, la nación o pueblo indígena originario campesino a la que pertenezca a través de un acrónimo. En los actuales documentos esta información sólo se incluye “cuando sea solicitada”.

“No sé si en el futuro realizarán políticas que marquen diferencias. Lo único que puede ser es que existan normas y privilegios para la gente que se autoidentifique (con algún pueblo indígena). Eso significa que, si voy a tener ciertos privilegios y habrá una discriminación, yo me puedo autoidentificar. Eso es diferente a pertenecer a un pueblo”, dijo la experta.

Erwin Bazán, diputado de Creemos consideró que la autoidentificación con un pueblo indígena siempre fue controversial, desde que el Gobierno se empeñó en introducir esa categoría en el censo de 2012. “Ya lo hemos visto en los anteriores censos y me temo que en esto del decreto, que establecerá un nuevo tipo de carnet, realizarán exactamente lo mismo. No darán la posibilidad al ciudadano boliviano de establecer su realidad mestiza, sino que lo van a encasillar como una nación o pueblo indígena”, declaró el legislador opositor.

“Bolivia –agregó Bazán– es un país con mayoría mestiza. Tan mestizo soy yo como lo es Evo Morales, diferente sería que me hablen de otro personaje que tenga un arraigo originario campesino”, añadió.

Jorge Akamine, uno de los profesionales que acompañó los debates por la fecha del censo, calificó de “irrelevante” la introducción de este dato en los nuevos carnet de identidad. “El carnet sólo debe prestar información de la persona, no su idioma, ni otra cosa más. Creo que más que todo es para generar controversia o desviar atención de otros problemas”, afirmó.

Explicó que sólo creará confusión. “Ahora, el (Gobierno) debe sustentar esta introducción. Esto nos recuerda la pregunta del censo del 2012 que ante una mala información, muchos encuestadores exigían a las personas para que se autoidentifiquen con algún pueblo”, sostuvo.

La vigencia

Norma La emisión de los nuevos carnets de identidad se realizará a partir del 1 de noviembre de 2023. Los documentos que salieron o fueron emitidos anteriores a esa fecha estarán vigentes.

Vigencia En ningún caso, las entidades públicas y privadas podrán negar la atención, solicitar la corrección de información, alegar la falta o necesidad de incorporar o eliminar el lugar de expedición u otro dato complementario del carnet. “Las medidas de seguridad como código QR o código de barras de la CI no constituyen un requisito para ningún trámite en entidades públicas y privadas”.