Gabriela Calderón: “La disolución de la Asamblea está dentro del ordenamiento constitucional de Ecuador”

En un nuevo episodio del espacio digital “De Frente con Oscar Ortiz”, Gabriela Calderón analizó la crisis política que atraviesa Ecuador, donde se decretó la “muerte cruzada”, una cláusula constitucional que disuelve la Asamblea Nacional y  establece un plazo para convocar a nuevas elecciones generales.



Fuente: Publico.bo

Calderón es editora e investigadora en Cato Institute. Tiene un título en ciencias políticas con concentración en relaciones internacionales por The York College of Pennsylvania y una maestría en comercio y política internacional de George Mason University. Es columnista del diario El Universo de Ecuador y autora del libro “Entre el instinto y la razón”, entre otras publicaciones.

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“Tenemos meses discutiendo este tema, por una crisis política a raíz de una denuncia en un medio de comunicación en Internet, La Posta, donde se empieza a develar un escándalo conocido como ‘El gran padrino’. Esto deriva en un planteamiento de juicio político al presidente en la Asamblea Nacional, que está contemplado en el artículo 129 de la Constitución, donde se establece que se puede remover al presidente por concusión, peculado o cohecho”, explicó.

La analista dijo que “después de un proceso de casi 5 meses, la Corte Constitucional rechazó el primer pedido, que era por concusión, pero luego aceptó la causal de peculado, desviar fondos públicos para beneficio de otros, en un caso que involucra a la empresa estatal de transporte de petróleo, Flopec. Según el artículo 129, el juicio político no tiene mucho que ver con lo jurídico, con las pruebas de culpabilidad”.

“La herramienta de la ‘muerte cruzada’ está en el artículo 148 de la Constitución. El presidente puede disolver la Asamblea si ésta se arroga funciones o si obstaculiza el plan nacional de desarrollo. Es una ventana muy amplia, algo muy subjetivo y no requiere mediación de la Corte Constitucional. Tanto el juicio político como la disolución de la Asamblea están dentro de nuestro ordenamiento constitucional”, remarcó.

Calderón señaló que, tras la medida tomada por el presidente Guillermo Lasso, “muchos actores políticos están hablando de candidaturas. El Consejo Nacional Electoral tiene 7 días para convocar a elecciones generales, que se harían en un plazo máximo de 90 días. Un líder del movimiento indígena, Leonidas Iza, que encabezó dos paros nacionales, dice que no va a aceptar la disolución de la Asamblea y considera que Ecuador vive bajo una dictadura. Está haciendo un llamado a manifestaciones y esto puede generar conmoción en las calles”.

“El presidente pagaría el costo de irse a su casa antes de terminar su período. No parece que vaya a ser reelecto, por sus niveles de popularidad. La disolución es una herramienta que en otro contexto sería muy favorable al presidente, pero en el contexto actual no lo es. La principal fuerza política es el partido UNES, del ex presidente Rafael Correa, y están diciendo que aunque les parece ilegal la disolución del Congreso, están contentos de postularse y ser reelectos”, precisó.

Calderón dijo que “para algunas personas, esta medida fue una forma de renunciar del presidente sin decirlo. En 2 años no pudo hacer nada por la obstrucción y la falta de apoyo en la Asamblea y está por verse que ahora sí lo pueda hacer. El gobierno gastó tiempo y energía en defenderse de los intentos de remoción, esta fue la segunda vez”.

“El artículo 148 dice que el presidente puede gobernar por decretos-leyes de emergencia sólo en materia económica, previa aprobación de la Corte Constitucional, que se convierte en una suerte de co-legisladora”, indicó.

La analista subrayó que lo sucedido en Ecuador “es distinto a lo que pretendió hacer Pedro Castillo. La Constitución peruana restringe la capacidad del presidente de disolver la Asamblea, solamente a aquellas situaciones donde el Congreso haya censurado o negado dos veces al Consejo de Ministros. Es una restricción muy clara”.

 

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