El doctor en derecho autonómico Freddy Ortuño Cassón sostiene que no hay una prohibición para que el burgomaestre pueda ejercer su mandato desde su casa.

eju.tv
El doctor en derecho autonómico Freddy Ortuño Cassón sostuvo este miércoles que no hay ninguna prohibición para que el alcalde de La Paz, Iván Arias, sea suspendido del cargo tras que un juzgado dictara que debe guardar detención domiciliaria. El especialista señala que incluso el burgomaestre puede ejercer, si se da el caso, desde la misma cárcel, debido a que hay jurisprudencia.
“No hay justificación legal, no hay paraguas constitucional para que el alcalde de La Paz no pueda ejercer desde su domicilio, incluso, no es que sea fatalista, puede hacerlo desde la misma cárcel, porque hay jurisprudencia que lo acepta”, explicó Ortuño Cassón, en entrevista con radio Fides.
El experto citó el caso del exgobernador Esteban Urquizu (Chuquisaca), quien -dijo- ejerció desde la prisión. En ese marco, subrayó que la detención domiciliaria en contra de Arias no debe significar su suspensión, puesto que la autoridad está dentro de su jurisdicción.
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“(Un ejemplo) es el caso del gobernador Esteban Urquizu, que ejerció desde la prisión, desde la detención preventiva. Ahora, la detención domiciliaria no tiene que significar la suspensión del alcalde de La Paz, entendiendo que está dentro de su jurisdicción territorial”, aseguró.
Ortuño Cassón manifestó que una sentencia constitucional eliminó de la Ley Marco de Autonomías los artículos que disponían que ante una acusación formal se deba suspender “de manera temporal” a una autoridad electa.
“Es más, la sentencia 20/55 cuando revisa la última parte de la Ley Marco de Autonomías elimina eso de que con una simple denuncia o imputación de un fiscal se tenga que suspender a una autoridad y poner a un interino”, indicó.
El experto en derecho señaló que en su análisis para abordar esa resolución el Tribunal Constitucional Plurinacional señala que al mantener esa disposición “se va a afectar el derecho político de la autoridad a ejercer su mandato y el derecho a la representación política de las personas que lo votaron”.