Comicios judiciales: Los últimos en inscribirse son los abogados Jhonny Farel y Roberto Parada, ambos para el Tribunal Supremo Electoral (TSJ) por el departamento de Santa Cruz. Además, se inscribió el abogado José Romero, primer inscrito para el Tribunal Agroambiental de Bolivia.
La Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) ya tiene inscritos a cinco postulantes para la preselección de candidatos para las elecciones judiciales.
Se trata de Cyborg Kanashiro Bronnks, candidato al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP); Iván Fernando Vidal Aparicio, postulante al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); Roberto Parada Mole, segundo aspirante al TSJ; José Romero Sandoval, que busca estar en el Tribunal Agroambiental ,y Johnny Farel Mérida, quien también postula al cargo de magistrado del TSJ.
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Romero protagonizó un escándalo el año pasado, puesto que sus papeles no fueron recibidos cuando también postulaba al Tribunal Agroambiental. Enojado, en la plaza Murillo, lanzó su portafolio al suelo. “¿Para qué c… he estudiado?, ¿para que no me reciban estos m…?”, dijo en ese entonces. El proceso de preselección de candidatos al Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura se inició con la publicación de la convocatoria la pasada semana.
Ayer se cumplió la séptima jornada de recepción de postulaciones, la cual se extenderá hasta las 12:00 del domingo 10 de marzo.
Esta labor incluye ocho etapas y el Legislativo se trazó la meta de remitir al Tribunal Supremo Electoral (TSE) la nómina de los postulantes preseleccionados hasta el 6 de mayo.
En la actual etapa se tiene como objetivo preseleccionar a quiénes ocuparán los cargos de magistrados del TCP, TSJ, Tribunal Agroambiental (TA) y consejeros del Consejo de la Magistratura (CM).
Entre los requisitos en común que deben cumplir los aspirantes están ser de nacionalidad boliviana, cumplir con los deberes militares (varones), no tener pliego de cargo ejecutoriado pendiente de cumplimiento y no tener sentencia condenatoria ejecutoriada pendiente de cumplimiento en materia penal.