El presidente de la Comisión Mixta de Constitución, el senador Miguel Rejas (MAS), informó este martes que fueron notificados con otros dos amparos de Pando y La Paz, empero, aclaró que, a diferencia del recurso de Beni, estos no paralizan la preselección para las judiciales.

“Hoy teníamos prevista la sesión para poder avanzar con las resoluciones, concluir con todo y dejar en limpio para lo que sería ingresar a las preguntas (para los postulantes), sin embargo, nos llegan dos amparos y van a seguir llegando, queriendo entorpecer la preselección”.

Rejas aclaró que los nuevos recursos buscan una habilitación. “Estos señores han presentado los amparos en contra de la Comisión Mixta de Constitución porque no han sido habilitados y, por ende, quieren que se los habilite, de manera que la Sala Constitucional pueda obligarnos, en el pleno de la comisión, a poderlos habilitar”.

Añadió que fueron transparentes en la revisión y que las notas de calificación que recibieron fueron de acuerdo con la documentación presentada. “No podemos darles más nota de la que tienen. No cumplen con los requisitos, en ese sentido han quedado inhabilitados muchos. Más allá que puedan presentar un amparo constitucional, que es un derecho, sin embargo, acá es un perjuicio al proceso de preselección porque hay más de 300 postulantes en carrera”.

El legislador indicó que más allá que la Sala Constitucional se pronuncie de manera individual, se debe tener en cuenta que la Asamblea cumple con su trabajo y sus atribuciones para cumplir el mandato de preselección con miras a los comicios judiciales.

El lunes, un nuevo amparo constitucional paralizó el proceso de preselección, que se encuentra en la fase de exámenes orales, tras el recurso presentado por el abogado Charles Mejía.

La determinación judicial perjudicó el reinicio del proceso, ya que el jurista solicitó que “pese (a) habérsele concedido la tutela de acción de amparo constitucional contra su inhabilitación como postulante a la preselección… se ha continuado con el cronograma de dicha convocatoria, señalando fecha de toma de examen a los postulantes y en dicho cronograma de toma de examen no se encuentra el accionante”. (sic) señala la resolución del fallo.