Fuente: ABI
De los 538 casos de acoso y violencia política en Bolivia 6 llegaron a sentencia y 10 a resolución ejecutoriada en 10 años de vigencia de la Ley 243 Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres, según el estudio “El acoso y la violencia política en el sistema de justicia penal en Bolivia”.
La Coordinadora de la Mujer en alianza con el Comité de Género del Órgano Judicial y la Asociación de concejalas de Bolivia (Acobol) realizó el estudio sobre los resultados de la vigencia de la ley que combate el acoso y violencia política a las mujeres en cargos electos.
“La investigación realizó un análisis de procesos iniciados en la vía penal desde que entró en vigencia la Ley 243 (en 2012) hasta diciembre de 2022. En ese periodo, según datos del Consejo de la Magistratura, se registraron 538 procesos, de los cuales, 6 llegaron a sentencia y 10 a resoluciones ejecutoriadas”, informó la Coordinadora de la Mujer.
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Bolivia fue el primer país de la región, en 2012, en contar con una ley específica contra el acoso y/o violencia política; sin embargo, a 12 años de su promulgación persiste la impunidad.
“El acoso y la violencia política contra las mujeres es uno de los principales obstáculos que enfrentan las mujeres en el ejercicio de sus cargos”, según un reporte institucional.
Los hechos de acoso y violencia política no sólo afecta la integridad física y psicológica de las mujeres, sino que también compromete su permanencia en los cargos públicos, lo que deriva en la poca o ninguna visibilidad de sus aportes y resultados políticos.
Uno de los primeros casos en contar con sentencia fue el de la excandidata a gobernadora Felipa Huanca contra el exdiputado y excandidato a gobernador por La Paz Rafael “Tata” Quispe por el delito de acoso político. En febrero de 2021, Quispe fue sentenciado a dos años de cárcel por el Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción de La Paz.
De los 538 casos, 29% corresponde a denuncias de acoso político y el 71% a violencia política. Del total, 102 denuncias fueron rechazadas, lo que equivale a un 19%.
“En cuanto a los principales argumentos de rechazo, los más frecuentes tienen que ver con el hecho de que la investigación no aportó elementos suficientes para una acusación y que las mujeres en situación de violencia proporcionaron información incompleta; por ejemplo, no señalaron de forma clara el domicilio del imputado”, según el Estudio.
La debilidad en la formación especializada en la Ley 243 que presenta el personal que atiende y procesa las denuncias es una constante en toda la ruta del tratamiento penal de los casos, lo que ocasiona dificultades para identificar indicios suficientes que permitan iniciar una investigación penal.
GMM/CC