De acuerdo a los datos oficiales, proporcionados por la Dirección General de Régimen Penitenciario, en la gestión 2021 existían 17.868 personas privadas de libertad en las cárceles bolivianas.
Fuente: UCOM/DPB
La Paz. – Ante la problemática del hacinamiento carcelario, el Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya Aro, observó que la medida de indulto y amnistía presidencial para personas privadas de libertad, no representa un impacto trascendente en la reducción de la población carcelaria y el problema de hacinamiento; por lo que, demandó al Estado y las autoridades vinculadas a esta temática, trabajar en la generación de políticas criminales coherentes.
Durante la última emisión del programa “El Defensor con el Pueblo”, que abordó la situación del hacinamiento carcelario, Callisaya detalló que, en 2021, mediante el Decreto Supremo 4461 (emitido el 18 de febrero de 2021) se beneficiaron a 709 personas privadas de libertad. “La cantidad no es trascendente en relación a la cantidad de personas privadas de libertad que están en las cárceles de Bolivia”, observó la autoridad defensorial.
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De acuerdo a los datos oficiales, proporcionados por la Dirección General de Régimen Penitenciario, en la gestión 2021 existían 17.868 personas privadas de libertad en las cárceles bolivianas. Entonces, si ese año 709 personas obtuvieron su libertad gracias al decreto de indulto presidencial, eso quiere decir que esa medida solo redujo en 3,97% de la población carcelaria.
Durante la emisión, la autoridad defensorial dio cuenta que, hasta abril de 2024 se contabilizaron 30.659 personas privadas de libertad, de las cuales sólo el 37% tiene sentencia, mientras que el 62,5% está con detención preventiva.
Del programa también participó el Director General de Régimen Penitenciario, Juan Carlos Limpias, y el representante del Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SEPDEP), José Pinto Avaroa.
El Defensor del Pueblo observó que “hay un desmesurado uso de la detención preventiva como un mecanismo de inserción de una persona a un penal y, con el tiempo, al no existir una sentencia se constituye en un mecanismo de sentencia anticipada”.
Esta situación desencadena situaciones que se configuran como vulneraciones a los derechos humanos pues las personas privadas de libertad no tienen un adecuado acceso a la atención médica, alimentación, seguridad, sumado al hacinamiento y deficiencia en las condiciones de habitabilidad.
Por ello, Callisaya, remarcó que este tema es una responsabilidad del Estado, puesto que es la instancia encargada de generar medidas de respeto a la dignidad del ser humano, como establece la Constitución Política del Estado.
“Todos los actores de justicia tienen que estar vinculados en la generación de una política criminal coherente”, manifestó el Defensor del Pueblo y acotó que para ello todos los actores involucrados en la temática de justicia tienen que intervenir para mejorar esta situación, que podría derivar en una crisis humanitaria.