Urgen a reformar ley de pensiones para garantizar rentas dignas de jubilados

Las rentas de jubilación en Bolivia son bajas. Esta situación obliga a los trabajadores a prolongar su vida laboral hasta más de los 70 años. Los especialistas plantean una reforma de la ley de pensiones para alcanzar una rentabilidad general superior al 10 por ciento para mejorar las pensiones actuales y futuras.

Tatiana Castro E



 

Fuente: lostiempos.com

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El escenario se complica para los asalariados porque el anteproyecto de ley de modificación del sistema de pensiones incluye un artículo que hace referencia a la jubilación forzosa a los 65 años. Un docente universitario que gana, por ejemplo, 10 mil bolivianos se jubilaría con 2.800 al mes; un médico que gana 12 mil con 35 años de aporte se jubilaría con 3.200 y un profesor que gana 7 mil bolivianos percibiría cerca de 2.000 bolivianos de renta.

El presidente de la Alianza de Asociaciones de Jubilados de La Paz, Marvel Gutiérrez, precisó que la rentabilidad actual es del 4 por ciento. Cifra muy baja para garantizar rentas dignas para los asalariados.

Explicó que el cálculo del monto de jubilación es complejo. No sólo debe considerarse el sueldo del trabajador y los años de aporte, sino también la edad de la esposa y de los hijos menores, por lo que existen rentas incluso de 400 bolivianos. “Todos estos factores inciden en la disminución de las rentas”, precisó.

El investigador de la ONG Flora Tristan, Federico Zelada, propone mantener un estándar mínimo de rentabilidad del 5 por ciento para preservar el valor de los ahorros de toda una vida y alcanzar un porcentaje superior al 10 por ciento, para mejorar las pensiones actuales y futuras, asegurando al menos el 60 por ciento del promedio salarial de un trabajador en las rentas de jubilación.

El abogado especialista en beneficios y prestaciones y exfuncionario de la Administradora del Fondo de Pensiones (AFP) Previsión, Oliver Vargas, mencionó que hay trabajadores que tienen salarios bajos y no cumplen los 35 años de aportes. Esto repercute negativamente en su jubilación, porque sus rentas bajan en 40 por ciento al momento de jubilarse.

En caso de que los asegurados quieran seguir trabajando, deben superar un examen médico de aptitud física y mental en el Instituto Nacional de Salud Ocupacional.

Actualmente, la ley 065 de Pensiones establece que la jubilación es a los 58 años, pero las mujeres pueden reducir hasta tres años, uno por cada hijo. La propuesta de modificación de la norma contempla los mismos parámetros de edad, pero incluye la jubilación forzosa a los 65 años de edad.

Límite solidario

La norma también establece un incremento adicional con destino al fondo solidario en los aportes solidarios del empleador, del sector público y privado y de los asegurados con ingresos elevados. Esta última medida se aplicaría sólo a aquellos trabajadores que perciban un salario por encima de 13.000 bolivianos.

El incremento de los límites solidarios varía en función a la densidad de los aportes. Se debe tener en cuenta como parámetros el aumento de 640 bolivianos a 720 en caso de 10 años de aportes, y un máximo de 4.200 a 5.200 bolivianos para trabajadores con 35 años de aportes.

La propuesta gubernamental refiere que, con el incremento del aporte solidario, las rentas mensuales serían de 5.200 bolivianos, pero sólo beneficiarían a quienes ganan 7.420 y que hayan aportado durante 35 años.

Gutiérrez explicó que se beneficiarían los que tienen sueldos inferiores a 6.000 bolivianos y que aportaron poco durante menos años. “Como consecuencia su pensión calificada es muy baja y como apoyo reciben un porcentaje del fondo solidario con lo que logran mejorar su jubilación”.

Precisó que los que ganan más de 6.000 bolivianos y cumplen 35 años de aportes se jubilan sólo con sus aportes, más la rentabilidad porque no reciben apoyo como el caso anterior. En este caso, el promedio de pensión en general no supera el 37% del sueldo referencial.

Reforma

Desde Flora Tristan, que trabaja hace un año con sectores laborales, proponen un ahorro en unidades de valor constante (UFV) u otro instrumento financiero que mantenga su valor en el tiempo, extendiéndolo también a los trabajadores activos aportantes.

Debe establecerse los 80 años como edad límite para el cálculo del capital previsional personal. Se plantea ajustar el cálculo del capital previsional personal para evitar reservar una parte excesiva de los ahorros para una longevidad improbable.

Tiene que crearse una entidad autónoma pública con una gerencia moderna y especializada, gestionada a partir de políticas establecidas por trabajadores activos y pasivos. Esta debe estar a cargo de un directorio conformado por profesionales independientes con amplia experiencia en el ámbito financiero.

Debe haber auditorías adecuadas para sanear las cuentas, mejorar las pensiones y para el control y fiscalización transparentes.

1 artÍculo

Un artículo del proyecto de ley de pensiones causa el rechazo por considerarla atentatoria a los derechos de los trabajadores.

Fuente: lostiempos.com