Diputado Alarcón señala un artículo de la CPE que impediría al TSE hacer referendo junto a las Judiciales

LE SUGIERE RECHAZAR LA PROPUESTA

Foto de archivo.



Fuente: erbol.com.bo

El diputado de Comunidad Ciudadana, Carlos Alarcón, advirtió que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no puede realizar un referendo junto a las Elecciones Judiciales por efecto del artículo 182, numeral II, de la Constitución Política del Esrtado (CPE).

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El referido parágrafo de la Carta Magna señala que el Órgano Electoral debe proceder a la “organización, única y exclusiva” de las elecciones de magistrados.

El Gobierno ya ha enviado las preguntas propuestas al TSE, con la intención de que se revisen hasta la próxima semana e ir en votación conjunta con las judiciales el 1 de diciembre.

En ese marco, Alarcón sostuvo que el TSE no debe corregir ninguna pregunta enviada por el presidente Luis Arce, sino rechazar de plano la realización del referendo.

“El artículo 182 de la Constitución en su parágrafo II dice que el Tribunal Supremo Electoral organiza de manera exclusiva la elección judicial. Eso quiere decir que esa norma con sabiduría evita de que se contamine el proceso de la elección judicial con cualquier otro proceso de naturaleza electoral, sea referéndum, sea primarias o sea cualquier otro tipo de elección”, manifestó el diputado en el programa La Tarde en Directo de ERBOL.

Advirtió si el TSE, por darle contento al Gobierno acepta el referendo, va a tener que rendir cuentas ante la próxima justicia y por los daños económicos causados como consecuencia.