El TSE tiene 72 horas para emitir criterio técnico sobre preguntas del referéndum presentadas por el presidente Arce

El TSE evaluará las preguntas sobre la reelección presidencial, subvención de combustibles y escaños para garantizar su claridad, precisión e imparcialidad, mientras que el TCP realizará un análisis legal y constitucional.

 

El TSE tiene 72 horas para emitir criterio técnico sobre preguntas del referéndum presentadas por el presidente ArceEl vocal Gustavo Ávila, en una fotografía de archivo. Foto: ABI



Fuente: Brújula Digital / La Paz

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) dispone de 72 horas para emitir un criterio técnico sobre las cuatro preguntas presentadas por el presidente Luis Arce para el referéndum.

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“Cuando el presidente remite las preguntas nosotros tenemos 72 horas para emitir el criterio técnico. Una vez que nosotros emitamos el criterio técnico, va a ser respondida (la carta) mediante nota al señor presidente y el presidente tiene que mandar las preguntas con el criterio técnico al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP)”, indicó el vocal Gustavo Ávila en entrevista con Brújula Digital.

El TSE evaluará las preguntas sobre la reelección presidencial, subvención de combustibles y escaños para garantizar su claridad, precisión e imparcialidad, mientras que el TCP realizará un análisis legal y constitucional.

La mañana de este miércoles, el presidente envió al TSE una carta solicitando la evaluación técnica de las cuatro preguntas planteadas para el referéndum. La recepción se registró a las 09:54, por lo que el TSE tiene hasta el sábado a las 09:54 para completar el análisis y emitir su criterio técnico.

Ávila explicó que, una vez que Arce reciba el informe del TSE, deberá enviarlo al TCP para su análisis legal y constitucional. No obstante, señaló que el Tribunal Constitucional no tiene un plazo definido para emitir su respuesta.

“Si el TCP verifica que las preguntas remitidas por el presidente no vulneran ningún artículo de la Constitución, no vulneran derechos constitucionales, puede emitir un informe positivo. Si la ley dice que tiene esa respuesta positiva, eso le permite al presidente emitir un decreto de convocatoria”, añadió el vocal.

Ávila aclaró que el mandatario puede realizar consultas que no modifiquen la Constitución e indicó que es competencia del TCP determinar si constitucionalmente el presidente puede realizar el tipo de preguntas que se plantearon.

“El artículo 411 de la Constitución establece dos mecanismos para una reforma constitucional: una reforma parcial y una reforma total, ambas pasan por la Asamblea Legislativa. En cambio, si ninguna de las preguntas está relacionada a ninguna reforma, eso le permite al presidente convocar mediante decreto”, indicó.

El presidente Arce planteó realizar el consulta el mismo día de las elecciones judiciales, es decir el 1 de diciembre, pero para que ello suceda el 1 de septiembre se debería convocar al referéndum.

Preguntas del referéndum

1. ¿Está usted de acuerdo en que la reelección establecida constitucionalmente por una sola vez de manera continua del Presidente y Vicepresidente del Estado, sea ampliada para incorporar la reelección de manera discontinua lo cual implicaría modificar la Constitución Política del Estado?

Respuesta: Sí o No

2. ¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención a la gasolina especial, como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para las bolivianas y bolivianos, y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?

Respuesta: Sí o No

3. ¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención al diésel, como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para las bolivianas y bolivianos, y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?

Respuesta: Sí o No

4. ¿Está usted de acuerdo con modificar el artículo 146 Numeral I de la Constitución Política del Estado para incrementar el número de 130 diputados para que ningún departamento pierda su actual representación y que los departamentos con mayor población reciban un mayor número de diputados en función al resultado del Censo de Población y Vivienda 2024?

Respuesta: Sí o No