EL GOBIERNO LAS ENVIÓ A SUCRE Y CORRE EL PLAZO DE 15 DÍAS
Ministro Lima recordó que si la resolución no sale antes de este sábado, no podrá haber consulta
REFERÉNDUM. El Gobierno espera una respuesta del TCP, máximo, hasta este sábado 31. Foto de archivo: Correo del Sur
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¿Por qué se pretende llevar a referéndum los temas de la reelección presidencial y la subvención del diésel y la gasolina si el primero fue resuelto en una consulta similar, el 21 de febrero de 2016, y luego refrendado por la Corte IDH y por una sentencia constitucional, mientras que el segundo, de acuerdo con los entendidos en la materia, no corresponde ser definido por la población, sino por el Órgano Ejecutivo?
Es la pregunta que muchos se hacen, a tres semanas de que el presidente Luis Arce anunciara que su gobierno pretendía hacer cuatro consultas al pueblo boliviano sobre la reelección presidencial, la subvención del diésel y la gasolina, y los escaños parlamentarios. El sábado pasado, se descartó este último tema luego de que el Órgano Electoral señalara que “como se encuentra redactada la pregunta, no corresponde la realización de un Referendo por Iniciativa Presidencial, sino un Referendo Constitucional Aprobatorio convocado por iniciativa popular o a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional, de conformidad a lo previsto por el artículo 411, parágrafo II, de la CPE y el artículo 23 de la Ley del Régimen Electoral”.
ESPECIALISTAS
“Dado que la pregunta sobre la reelección presidencial implica una modificación o complementación al art. 168 de la Constitución, implica una reforma parcial de esta máxima norma. El art. 411.II de la misma establece que las únicas dos instancias competentes para decidir la realización de un referendo que tenga como propósito reformar parcialmente la Constitución es la Asamblea Legislativa Plurinacional, aprobada por dos tercios del total de sus miembros presentes y la ciudadanía con la firma de al menos el veinte por ciento del electorado”, hizo notar este martes Carlos Bellott, constitucionalista en temas de organización y funcionamiento del Estado.
Además, señaló que “…no puede el Gobierno pretender hacer valer únicamente el art. 18 de la Ley 026, sino necesariamente considerar que el art. 411.II de la Constitución no solo es una excepción a lo que dice la Ley 026, sino que es la norma superior que, como dice el art. 410.II de la Constitución, esta ‘goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa’”.
En cuanto a la subvención de los hidrocarburos, acotó: “En mi criterio, no deberían estar incluidas en el referendo. Esto porque la respuesta es bastante obvia: en una crisis económica es muy difícil que la ciudadanía no prefiera que los impuestos subvencionen el combustible que es elemental para que el precio de las demás cosas se mantenga. Siendo así, no se ve responsable el uso de recursos públicos en una consulta de la cual ya prácticamente se sabe cuál será la respuesta”.
Sobre este mismo punto, el analista económico y presidente del Colegio de Economistas de Tarija, Fernando Romero, se mostró también contrario a incluir la subvención en el referéndum: “No, de ninguna manera”, respondió, “esto lo debería resolver el Ejecutivo, a través de sus instancias tales como el Ministerio de Economía, YPFB y otros”.
Romero rechazó “dar semejante responsabilidad política, pero sobre todo económica, a una población desinformada, que no tiene conocimiento de una pregunta que es técnica, con cierta trampa y, sobre todo, compleja, pueda tomar una decisión…”.
OPOSICIÓN Y ‘EVISMO’
La oposición política, incluidos varios expresidentes, y la que el Gobierno tiene dentro de su partido, el MAS, expresaron su rechazo a las preguntas del referéndum. Evo Morales, a través de su cuenta en X, expresó anoche que “ante la flagrante violación de la Constitución, el Gobierno está presionando desesperadamente al TCP autoprorrogado para que tome cuatro decisiones”.
Morales afirma que el Gobierno está solicitando al TCP que “apruebe el referéndum ilegal e inconstitucional por encima de la Asamblea Legislativa”. En segundo lugar, señala que se le pide al TCP que “convierta en Sentencia Constitucional la decisión de inhabilitarnos como candidatos, dado que la sentencia 1010 del 29 de diciembre de 2023 no es suficiente”.
Además, el líder del MAS indica que en tercer lugar se pretende “rechazar la validez del Congreso del MAS-IPSP de Lauca Ñ” y, finalmente, “declarar inconstitucional el Estatuto del partido”. Según Morales, todo esto se ofrecería a cambio de prebendas como la Fiscalía General y embajadas.
21F, TCP Y CORTE IDH
El 21 de febrero de 2016, Morales sufrió un revés en las urnas porque la mayoría de los ciudadanos votaron por el “No” en un referéndum en el que se les consultó si estaban de acuerdo con modificar la Constitución para que él se postulara de nuevo en 2019.
Pese al resultado adverso, el derrotado volvió a presentarse en elecciones y lo hizo con el aval de la Sentencia 084/2017, del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que legalizaba la repostulación indefinida de autoridades. En esa oportunidad, su gobierno montó un fraude electoral denunciado por la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la población se movilizó para no permitir su continuidad en el poder.
El 29 de diciembre del año pasado, los nuevos miembros del TCP emitieron la Sentencia Constitucional 1010/2023, según la cual la reelección indefinida no es un derecho humano. Así, hicieron prevalecer la Opinión Consultiva de Colombia ante la Corte IDH, que el 13 de agosto de 2021 había establecido que “la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos”.
PRESIONES
CORREO DEL SUR supo que el TCP estaría recibiendo presiones para que las preguntas no sean modificadas y sean aprobadas a la brevedad posible. El ministro de Justicia, Iván Lima, declaró este martes: “Somos respetuosos de la independencia que tiene el TCP y vamos a respetar su trabajo. Esta instancia tiene un plazo de 15 días que, si se cumplieran, no podríamos llevar a delante el referéndum porque el plazo fatal para que emitamos un decreto supremo es este sábado 31 de agosto (…). Se debe agotar el trámite previo hasta 90 días antes de 1 de diciembre”.
Remiten las tres preguntas al TCP
El Gobierno presentó al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) tres preguntas para el referéndum planteado por el presidente Luis Arce sobre la subvención a los carburantes y la reelección presidencial.
El ministro de Justicia, Iván Lima, indicó que este trámite se cumplió de forma digital, el pasado lunes, y que este martes se presentaron los documentos en físico en la sede del TCP, en Sucre.
Con esta presentación, corre el plazo de 15 días para que se pronuncie el TCP, pero el Gobierno espera que haya un pronunciamiento antes del sábado para la emisión de la convocatoria; caso contrario, la propuesta quedará descartada.
El Ministro aseguró que se han acogido las observaciones del Tribunal Supremo Electoral (TSE), respecto a la redacción de las tres primeras preguntas y al descarte de la cuarta al implicar una reforma constitucional.
Las tres preguntas vigentes están relacionadas con la prohibición de la segunda reelección presidencial discontinua y las subvenciones de diésel y gasolina. Se descartó la pregunta sobre subir el número de diputados.
Lima recordó que el TCP tiene 15 días para realizar el control de las preguntas, pero señaló que de no emitir su pronunciamiento antes de este sábado, no se podrá realizar el referendo porque se lo debe convocar 90 días antes de la fecha de votación.