La justicia ordena que minera Manquiri restituya a su estado original cuatro lagunas de Potosí

La firma debe presentar el plan de restauración de las cuatro lagunas en un plazo de cuatro meses debido a que el informe debe ser complementado con los reportes de las acciones que realizarán, medidas de mitigación y otros elementos.

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Parte del dique de colas que contamina a las cuatro lagunas. Foto: Captura

Fuente: ANF

Una sentencia marca precedente en defensa de los recursos hídricos de Potosí, un juzgado Agroambiental de esa región condenó a la Empresa Minera Manquiri a que restituya a su estado natural a las lagunas Pisko Cocha, Ulistia, Lobato y Chalviri en un plazo de al menos seis meses, porque estaban contaminadas con cianuro y hierro.



“Condénese a la Empresa Minera Manquiri a la restauración de las lagunas Pisko Cocha, Ulistia, Lobato y Chalviri por la concentración de metales pesados que se encuentran por encima de los limites permisibles, la restauración implica volver a su estado original”, dictaminó el juez agroambiental Tito Baspineiro.

La demanda contra la minera privada fue presentada en junio de 2023 por los concejales del municipio de Potosí Reyna Menacho Ala y José Elías Alban a raíz de la concentración de metales pesados en las lagunas, lo que se evidenció en los resultados de estudios que se realizaron a las aguas.

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Al respecto, la concejala Reyna Menacho, una de las que impulsó la demanda contra la firma transnacional, en contacto con la ANF, dijo que esta sentencia marca un precedente judicial en defensa de los recursos hídricos de esa región y para que otras firmas públicas o privadas estén obligadas a asumir sus responsabilidades ante la contaminación que ocasionan.

Las lagunas afectadas por el dique de colas de la Empresa Minera Manquiri. Foto: Reyna Menacho 

Las determinaciones  

Asimismo, explicó que la sentencia está compuesta por cinco elementos, “El juez ha indicado que tienen que presentar, en el plazo de seis meses de la notificación, las medidas de mitigación administrativas, técnicas, medidas de mitigación ambiental, el plan de readecuación ambiental, el plan de contingencia específicos, plazos de implementación medidas de mitigación, parámetros de verificación frecuencia de muestreo, el plan de monitoreo con las medidas implementadas y que deben ser aprobadas por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua”, precisó.

A la vez, el plan de adecuación de la rehabilitación ambiental debe presentarse en un plazo de dos meses; el documento de auditoría ambiental a las lagunas Pisko Cocha, Ulistia, Lobato y Chalviri tiene que ser entregado en un tiempo de tres meses al juzgado Agroambiental.

Por otra parte, la firma debe presentar el plan de restauración de las cuatro lagunas en un plazo de cuatro meses debido a que el informe debe ser complementado con los reportes de las acciones que realizarán, medidas de mitigación y otros elementos.

Finalmente, la concejala explicó que la empresa debe entregar al Ministerio de Medio Ambiente y Agua un informe con la ubicación exacta de los puntos de monitoreo que se encuentren dentro de las áreas establecidas, ya que en un anterior estudio de impacto ambiental estos puntos estaban ubicados en otras regiones a las que se estaban contaminando con el dique de colas.

“Se ha determinado que deben presentar al Ministerio de Medio Ambiente y a las autoridades competentes las coordenadas geográficas exactas de los puntos de monitoreo, deben corregir las inconsistencias del estudio de impacto ambiental que entregaron anteriormente porque los puntos de monitoreo no estaban cerca de las lagunas que estaban siendo contaminadas”, puntualizó.

Contaminación  

La concejala explicó que, anteriormente, el juez ordenó que se realicen estudios a las aguas y sedimento de las lagunas afectadas, se acudió a los laboratorios Envirolab, Spectrolab y al de la Universidad Autónoma Tomás Frías (UATF). De acuerdo a los resultados se determinó que en el caso del embalse de Ulistia tenía una concentración de hierro de 0,5 miligramos por litro, el cual sobrepasó los límites establecidos en el Reglamento de Materia y Contaminación Hídrica.

“El juez ha dictaminado que se realicen tres estudios por laboratorios independientes al agua y al sedimento, en ese entendido, en los resultados que han arrojado se evidencia la presencia de cianuro libre en la laguna de Ulistia que está sobre 0,04 (miligramos por litro) y de acuerdo a los límites permitidos debe ser de 0,02; es decir, está por encima de los niveles permitidos”, manifestó.

   Los resultados de los estudios realizados al agua y sedimento de las cuatro lagunas. Foto: Reyna Menacho 

Informe a destiempo  

Por otra parte, Menacho dijo que en el recurso legal que se interpuso se planteó que la firma repare económicamente los daños que ocasionó a las lagunas ya que se usan esas aguas para el consumo de los ciudadanos de Potosí. Sin embargo, esto fue rechazado ya que la Administración Autónoma para Obras Sanitarias (AAPOS) entregó a destiempo un informe que detallaba las afectaciones.

“En realidad, la empresa AAPOS que se encarga de la distribución de agua y tiene la tuición de las lagunas de manera tardía presentó un informe de cuánto era el resarcimiento económico por daños, hay que precisar que hubo un daño a la laguna de Pisko Cocha el cual le sirve a la población potosina para su consumo. Entonces, esto no ha sido considerado por el juzgado porque ha sido presentado de manera tardía tomando en cuenta que ellos eran los terceros interesados”, añadió.

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