El Parlamento de Nicaragua aprobó la reforma constitucional que otorga más poder al régimen de Daniel Ortega

La propuesta extiende el mandato presidencial de cinco a seis años y permite a Ortega y a su esposa coordinar los órganos del Poder Legislativo, el Judicial y de la autoridad electoral, entre otros

Daniel Ortega (EFE/ Miguel Gutiérrez)

Daniel Ortega (EFE/ Miguel Gutiérrez)

 



(Con información de EFE y Reuters)

Fuente: infobae.com

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El Parlamento de Nicaragua, dominado por el gobernante Frente Sandinista, aprobó este viernes una reforma constitucional que somete a los poderes del Estado al Ejecutivo, aumenta el control de los medios, amplía el periodo presidencial a seis años y crea los cargos de copresidente y copresidenta.

El paquete de reformas, enviado el martes a la Asamblea Nacional por el presidente Daniel Ortega con “carácter de urgencia”, fue aprobado en primera legislatura con el voto de la mayoritaria bancada sandinista.

Según la Constitución nicaragüense, las reformas a la Carta Magna deben ser aprobadas en dos periodos legislativos antes de que entren en vigor. La actual legislatura finaliza en diciembre y la siguiente inicia el 10 de enero de 2025, cuando la reforma quedaría aprobada de forma total, estimó el presidente del Parlamento, Gustavo Porras.

La oposición ha dicho que la iniciativa legaliza “el poder absoluto” de Ortega y su esposa, la vicepresidenta Rosario Murillo, y la Organización de Estados Americanos (OEA) ha acusado a la pareja presidencial de intentar “incrementar su control absoluto del Estado y perpetuarse en el poder”.

Otro cambio relevante es la creación de las figuras de “copresidente” y “copresidenta”, así como el aumento de cinco a seis años del mandato presidencial y de los diputados de la Asamblea Nacional. Ortega, de 79 años, ha dicho varias veces que Murillo goza del mismo poder que él al frente del Ejecutivo.

Según el texto, los copresidentes podrán nombrar vicepresidentes sin que sean elegidos por el voto popular. Para ser candidatos a copresidentes tienen que haber residido de forma continua en Nicaragua los seis años anteriores a la elección, no haber sido declarados “traidores a la patria”, o no haber adquirido otra nacionalidad, con lo que se inhibe a los principales dirigentes de la oposición que fueron excarcelados, desterrados y desnacionalizados en febrero de 2023.

Daniel Ortega y su esposa, Rosario Murillo (AP Foto/Alfredo Zuniga, Archivo)

Daniel Ortega y su esposa, Rosario Murillo (AP Foto/Alfredo Zuniga, Archivo)

La reforma establece también que “el Estado vigilará que los medios de comunicación no sean sometidos a intereses extranjeros y divulguen noticias falsas”. Desde 2020 rige en el país una “Ley de Ciberdelitos”, que castiga la difusión de “noticias falsas” con penas de hasta diez años de cárcel.

Asimismo, se establece que “el Estado es laico y asegura la libertad de culto, fe y prácticas religiosas en estricta separación entre el Estado y las iglesias”. Sin embargo, la enmienda advierte que “al amparo de la religión, ninguna persona u organización puede realizar actividades que atenten contra el orden público”, y que “las organizaciones religiosas deben mantenerse libres de todo control extranjero”.

Además de definir al Estado como “revolucionario” e incluir como símbolo patrio la bandera del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) -partido en el Gobierno desde 2007-, la reforma faculta a la Presidencia a “ordenar la intervención del Ejército en apoyo a la Policía Nacional, cuando la estabilidad de la República lo requiera”, y autoriza a policías y militares a “ocupar cargos temporalmente en el ámbito Ejecutivo”.

Crea también formalmente la Policía Voluntaria, surgida en respuesta a las protestas sociales de 2018 -saldadas con más de 300 muertos-, y compuesta mayoritariamente de ex militares que combatieron durante la revolución sandinista (1979-1990).

Vista general de una sesión plenaria de la Asamblea Nacional de Nicaragua (Foto: EuropaPress)

Vista general de una sesión plenaria de la Asamblea Nacional de Nicaragua (Foto: EuropaPress)

Elimina separación de poderes

En el Capítulo II, artículo 132, la reforma establece que la Presidencia de la República dirige al Gobierno y como Jefatura de Estado coordinará a los órganos legislativo, judicial, electoral, de control y regionales y municipales.

También que la Presidencia es la Jefatura Suprema del Ejército de Nicaragua, de la Policía Nacional y del Ministerio del Interior.

Por otra parte, en alusión a las sanciones externas, señala que “ninguna medida violatoria del derecho internacional” tomada por Estados, grupos de Estados o gobiernos extranjeros en contra de instituciones, funcionarios y/o personas nicaragüenses tendrá validez para el Estado nicaragüense. En ese sentido, la reforma constitucional propone considerar traidores a la patria a todos aquellos que atenten contra la independencia, la soberanía, la autodeterminación nacional, la seguridad y la paz de Nicaragua.

Además, el texto destaca que se estará a favor de un nuevo orden multipolar “basado en la hermandad, solidaridad, complementariedad, cooperación, igualdad y respeto entre los Estados”. Y manifiesta que Nicaragua reitera la “validez y fuerza legal de todas y cada una de las consideraciones y resoluciones emitidas por la Corte Internacional de Justicia de La Haya en su histórica sentencia del 27 de junio de 1986 sobre las ‘Actividades Militares y paramilitares en y contra de la República de Nicaragua’, en concordancia con el Derecho Internacional la legislación nicaragüense”, en la que se condenó a Estados Unidos.

“El Estado de Nicaragua tiene el derecho de ejecutar las acciones necesarias para garantizar el pleno cumplimiento de esta histórica sentencia”, señala la iniciativa, que se prevé sea aprobada en segunda legislatura en el primer trimestre de 2025.