El diputado aclaró que la disposición del TCP aplica para las autoridades electas del Órgano Legislativo, Ejecutivo y Judicial de Bolivia
El diputado de Creemos José Carlos Gutiérrez afirmó que el Auto Constitucional 0083/2024-ECA no permite la reelección por más de dos periodos de distintas autoridades electas entre alcaldes, gobernadores, asambleístas, diputados y senadores, y Cicepresidente y Presidente del Estado.
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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió el fallo que dispone que no puede haber reelección continua o discontinua en cargos elegibles de los órganos Ejecutivo, Judicial y Legislativo, además del Electoral.
De ese modo, el expresidente y jefe del Movimiento Al Socialismo (MAS), Evo Morales, ya no puede ser candidato a la presidencia de las elecciones generales 2025.
Gutiérrez fue quien acudió al TCP para solicitar una complementación, enmienda o aclaración respecto de la Sentencia Constitucional 1010/2023, que abordó la reelección en sus consideraciones.
En entrevista con La Razón Radio, el diputado aclaró que las autoridades podrán ejercer sus funciones únicamente por dos periodos, sin posibilidad de ampliarse a un tercero. “Esto alcanzaría a todas las autoridades electas que ocupen un cargo público”.
“Esto va para Presidente, Vicepresidente, diputados, senadores, gobernadores, alcaldes, concejales y asambleístas. Y, obviamente, para los cargos del ámbito Judicial y Electoral”, aclaró.
La disposición dicta: “En el presente Auto Constitucional Plurinacional, siendo posible para las autoridades electas del Órgano Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el ejercicio de su periodo de mandato, únicamente por dos periodos, sean estos continuos o discontinuos sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato; dado que el fin del Constituyente, a partir de lo determinado por la Constitución Política del Estado en vigencia, es evitar cualquier modo, la permanencia de un mandatario, en el caso de los Órganos Legislativo, Ejecutivo por más de diez años en total; en el judicial por más de doce años, y del Electoral a uno solo sin posibilidad de reelección (sic)”.
Asimismo, el auto complementa: “Extendiendo la prohibición absoluta de la Presidenta o Presidente del Estado de ingresar al mismo cargo, mediante las otras formas de acceso contenidas en los arts. 170 y 171 de la Constitución Política del Estado; por lo tanto, ninguna autoridad electa que hubiera superado dos candidaturas anteriores, podrá candidatear y menos ejercer los cargos de Vicepresidente, Vicepresidente del Estado y Presidenta o Presidente de las Asamblea Legislativa Plurinacional, de Presidenta o Presidente de la Cámara de Senadores ni de Diputados (sic)”.
El domingo, en un ampliado en Lauca Ñ, el ala evista del MAS rechazó el auto constitucional, proclamó otra vez candidato a Morales y anunció un proceso penal contra los magistrados “autoprorrogados” del TCP.
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