Las gasolinas importadas tendrán un octanaje entre 85-94 y mayor a 94. Los precios serán variables y se modificarán en función del movimiento del mercado internacional
Fuente: Unitel
Se cumplió el último paso del decreto supremo 5271 da luz verde a la libre importación y comercialización de combustibles por parte de sectores privados: el precio referencial que regirá en adelante (para el combustible importado por particulares) será de $us 1,20 el litro para la gasolina RON 85-94, $us 1,25 el litro para la gasolina mayor a RON 94; y $us 1,24 el litro para el diésel, según la información publicada por la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
La resolución añade que estos precios tendrán vigencia hasta una nueva actualización, que sea realizada por la ANH.
Este anuncio acompaña a la reglamentación del decreto que ya fue lanzada por el Gobierno nacional el miércoles y en donde se marcan las pautas para que los actores del aparato productivo puedan internar diésel al país por medio de trámites simplificados.
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Anteriormente, el director de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), Germán Jiménez, explicó que la referencia estaría calculada en función a los costos indexados del petróleo, “que van fluctuando diariamente”.
El precio referencial supera levemente a la propuesta que ya venía interiorizando Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), que ofrece la logística de importación para sectores privados a un precio de $us 1,1 el litro, labor que lleva adelante el trader de la petrolera estatal: Botrading S.A.
Previo al anuncio, el Gobierno ya materializó diferentes medidas que acompañarán a la libre importación, como la creación de una ventanilla única de trámites que opera tanto en La Paz y como en Santa Cruz y en donde trabajan de manera conjunta YPFB, la ANH, la Dirección de Sustancias Controladas y la Aduana Nacional, con quienes se debe formalizar la respectiva documentación para internar combustibles al país.
A esto se suma que los productos importados tendrán una diferenciación por color en las estaciones de servicio respecto a los combustibles que ya se comercializan en el mercado boliviano (subvencionados), para que haya una diferenciación con los que vende el Estado.
Además, los surtidores que opten por vender el combustible importado por el sector privado no podrán vender diésel y gasolina subvencionados por el Estado