Cooperativas, empresarios, agricultores, mineros y surtidores, podrán importar y vender combustibles, según Decreto 5271

El ministro de Hidrocarburos y Energías, Alejandro Gallardo, anunció la promulgación del Decreto Supremo 5271, el cual autoriza de manera excepcional a personas naturales o jurídicas privadas la importación de diésel y gasolina para su comercialización en el mercado interno. La norma dispone que empresarios, cooperativas, agricultores, mineros y surtidores, podrán internar y vender los carburantes en el país.

Fuente: UCOM MHE

La Paz.- En una conferencia de prensa, el ministro de Hidrocarburos y Energías, Alejandro Gallardo, anunció la promulgación del Decreto Supremo 5271, el cual autoriza de manera excepcional a personas naturales o jurídicas privadas la importación de diésel y gasolina para su comercialización en el mercado interno.

«Este decreto tiene como objetivo autorizar de manera excepcional a actores privados, tanto personas naturales como jurídicas, a realizar la importación de combustibles para su comercialización en el mercado interno, estableciendo los requisitos y prohibiciones correspondientes», explicó Gallardo.



El ministro detalló que esta medida es resultado de diversas reuniones sostenidas con representantes del sector productivo, el transporte y otros actores sociales, realizadas a la cabeza del presidente Luis Arce. Estas reuniones buscaron encontrar soluciones para asegurar el abastecimiento continuo de combustibles y garantizar su acceso a diferentes sectores de la economía nacional.

Gallardo señaló que, a partir de la promulgación del decreto, los actores privados, incluidos cooperativas, empresarios, agricultores, sectores mineros y estaciones de servicio, podrán realizar la importación de combustibles y comercializarlos dentro del país. Esta decisión responde a una demanda sectorial para permitir que los privados puedan acceder directamente a los combustibles y abastecer sus actividades de manera autónoma.

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Sin embargo, el Ministro subrayó que esta medida no implica que la estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) deje de realizar la importación de combustibles a precios subvencionados. «YPFB continuará con su tarea de importar, distribuir y comercializar combustibles a precios subvencionados, garantizando la estabilidad del mercado y el acceso de la población a estos recursos esenciales», afirmó Gallardo.

El Decreto Supremo 5271 se enmarca en una política de apertura y flexibilización que busca diversificar las fuentes de abastecimiento de combustibles en Bolivia, respondiendo tanto a las necesidades del sector productivo como a los desafíos logísticos y económicos del país. Con esta normativa, se pretende asegurar que los sectores como la agricultura, la industria, la minería, el transporte y otros cuenten con acceso adecuado a combustibles en condiciones que favorezcan su desarrollo.

Asimismo, el ministro Gallardo destacó que esta medida es una opción más para los diferentes sectores, con el fin de optimizar el abastecimiento y asegurar la continuidad de sus actividades sin que ello signifique un desajuste en la política de subsidios del Gobierno. «El pueblo siempre será nuestra prioridad y con esta nueva normativa buscamos garantizar que todos los sectores tengan acceso al combustible necesario para su funcionamiento», agregó.

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