El 2 de enero de 2025 los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, el Tribunal Supremo de Justicia, el Consejo de la Magistratura y el Tribunal Agroambiental de Bolivia, que prolongaron por su propia interpretación antojadiza sus funciones fenecidas por mandato de la Constitución hace un año, deben entregar sus respectivos despachos a sus sucesores legítimos y legalmente electos en pasado 15 de diciembre de 2024. La fecha podría variar según el acto de posesión de las nuevas autoridades.
Fuente: https://ideastextuales.com
A los autoprorrogados, ya no les cabe emitir fallo alguno. Si pusieron en duda todos sus actos a partir de la controvertida sentencia constitucional SCP 0049/2023, en la que determinaron seguir en funciones en contra del mandato expreso de un período de funciones de 6 años establecido en el artículo 183 de la Constitución: » I. Las Magistradas y los Magistrados, no podrán ser reelegidas ni reelegidos. Su periodo de mandato será de seis años. II. Las Magistradas y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia cesarán en sus funciones por cumplimiento de mandato, sentencia ejecutoriada emergente de juicio de responsabilidades, renuncia, fallecimiento y demás causales previstas en la ley», su mandato se cumplió el 2 de enero de 2024 y aún así, por interpretación a conveniencia del TCP, siguen en funciones hasta la posesión de los flamantes electos.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
El abogado y presidente del Tribunal Electoral de Oruro, Limber Arroyo Martínez, concuerda en que «la sustitución de autoridades electas, de acuerdo al sistema electoral en Bolivia, establece que debe sustituirse en caso de muerte, renuncia o impedimento definitivo y otras causales de suspensión o pérdida de mandato (Art. 197 de la Ley 026 del Régimen Electoral). En el caso presente, los magistrados auto prorrogados perdieron su mandato el dos de enero de 2024, cuando se cumplió los seis años del ejercicio de funciones en el cargo conforme dispone el art. 183 de la CPE. Con mayor razón cesan con la elección y posesión de las nuevas autoridades judiciales electas a partir del día de la posesión«.
Los autoprorrogados dispusieron en la SCP 0049/2023 que «la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades, fruto de la preselección desarrollada por la Asamblea Legislativa Plurinacional y del proceso electoral llevado a cabo por el Órgano Electoral Plurinacional; conforme al marco contenido en la Constitución Política del Estado y conforme a lo razonado en la presente Declaración Constitucional Plurinacional». Los nuevos magistrados han sido electos, este 30 de diciembre recibirán sus credenciales y sólo requieren de la posesión formal.
No importa cuántos resultaron elegidos ni si las elecciones judiciales fueron parciales porque en cualquier caso tienen la legitimidad y la legalidad, tanto titulares como suplentes, para tomar las decisiones en pleno y constitucional uso de sus competencias, pleno y constitucional período de mandato, plena y constitucional independencia de quienes formalizarían la usurpación de funciones si intentaran inmiscuirse en la gestión de los nuevos magistrados.
Las elecciones judiciales fueron parciales por intervención directa del Tribunal Constitucional mediante la Sentencia Constitucional 0770/2024-S4, que atendió a los recursos presentados por candidatos afectados por el proceso de preselección que llevó adelante la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y también por los candidatos que por culpa de los aplazados o descalificados, fueron marginados habiendo cumplido todos los requisitos y las pruebas de méritos. Beni, Pando, Tarija, Santa Cruz y Cochabamba se quedaron con una elección parcial de magistrados.
En medio de cuestionamientos, idas y venidas, desentendimientos institucionales de poderes del Estado, llamados políticos a votar nulo en rechazo al régimen del MAS, la ciudadanía eligió en un 82% participar (si bien la participación es obligatoria) y, a diferencia de las elecciones judiciales de 2013 y 2017 que la mayoría votó nulo o blanco, el 15 de diciembre el 65% de los votos fueron válidos.
Por Gabriela Ichaso.