El aguinaldo es una prestación laboral y constituye un pago que los empleadores deben otorgar a sus trabajadores en la mayoría de países
En la mayoría de los países de América Latina y el Caribe, el aguinaldo es un pago adicional para los trabajadores, establecido por derecho en las respectivas leyes laborales.
El aguinaldo es una forma de reconocer el esfuerzo de los trabajadores y permitirles disfrutar de las festividades de fin de año con un ingreso adicional. En la mayoría de países el décimo tercer sueldo es una práctica generalizada y una obligación por parte de las empresas a sus trabajadores.
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Conforme a las respectivas leyes, así se pagan los aguinaldos en América Latina y el Caribe:
• Argentina: El Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo, es el 13° sueldo que le corresponde cobrar en un año de trabajo. Se paga en dos veces, la mitad antes del 30 de junio y la mitad antes del 18 de diciembre. Para el cálculo se considera la mitad de la mejor remuneración en todo concepto del semestre. Este “medio aguinaldo” corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual que cobró en cada uno de los semestres.
• Bolivia: El pago del aguinaldo de Navidad corresponde a un mes de sueldo, salario o remuneración. Sin embargo, cuando no se hubiese trabajado los 12 meses completos del año, su pago se hace por duodécimas en proporción al tiempo trabajado en la gestión. Se concede antes del 25 de diciembre.
• Brasil: Todos los trabajadores reciben 13 salarios al año, dentro de los cuales uno de ellos corresponde al aguinaldo. Se abona entre fines de noviembre y diciembre por año, y se basa en el salario mensual del trabajador y en el tiempo trabajado en el año. El monto total equivale a un mes completo de salario si el trabajador ha estado empleado durante los 12 meses del año. Si el trabajador no ha laborado todo el año, recibirá un monto proporcional al tiempo trabajado.
• Colombia: La prima, como se conoce al aguinaldo, se divide en dos pagos y equivale a un mes de salario. La primera mitad se debe pagar antes del 30 de junio, y la segunda parte antes del 20 de diciembre de cada año.
• Costa Rica: El aguinaldo se calcula como el salario bruto de diciembre a noviembre dividido entre 12. Los empleados del sector público recibieron este pago el 5 de diciembre, mientras que en el sector privado, los patronos tienen tiempo hasta el 20 de ese mismo mes para depositar el derecho salarial a todos sus trabajadores. Esa es la fecha máxima de la ley otorga a los empleadores.
• Chile: El aguinaldo de Navidad es un beneficio que paga el Estado en diciembre de cada año a todos los beneficiarios de pensiones que cumplan con los requisitos establecidos en la ley. El aguinaldo navideño se entregó en la misma fecha en la que se concretó el pago de la pensión mensual. Los empleados del sector privado en Chile pueden recibir el aguinaldo, pero no es una obligación legal. La tradición laboral chilena establece que el pago extra al salario se entrega antes del 24 de diciembre.
• Ecuador: De acuerdo con la legislación laboral ecuatoriana, para el cálculo del aguinaldo se toma desde el 1 del mes de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año de trabajo actual. Con base en el total de remuneraciones que percibió el trabajador en el año, el aguinaldo es equivalente a la doceava parte.
• El Salvador: Dependiendo del tiempo que tienen de laborar para la empresa, los trabajadores reciben entre 15 y 21 días de salario como aguinaldo entre el 12 y 20 de diciembre.
• Guatemala: El aguinaldo es una prestación irrenunciable que representa el 100 % de un mes de salario ordinario mensual a los trabajadores que tengan un año de trabajar continuamente en la misma empresa. Si el trabajador tiene menos de un año de trabajar en la institución o empresa, el pago será proporcional al tiempo laborado. El pago del aguinaldo se realiza en dos partes: la primera entre el 1 y 15 de diciembre; y la segunda mitad en la segunda quincena de enero del año siguiente.
• Honduras: Los trabajadores permanentes , jubilados y pensionados tienen derecho al pago del décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, o un pago proporcional de conformidad al tiempo trabajado. Se paga en diciembre de cada año, pero las partes podrán pactar dicha entrega en diferente fecha.
• México: El pago de aguinaldo se hace en dos partes: la primera parte antes del 20 de diciembre del último año, y la segunda parte antes del 20 de mayo del año siguiente. Su forma de cálculo depende de la antigüedad del empleado en la empresa actual y el tipo de retribución (salario fijo o variable).
• Nicaragua: El salario °13 se calcula en base a diciembre del año anterior y noviembre del año actual. Todo trabajador tiene derecho al aguinaldo, aunque solo tenga un mes de estar trabajando hasta el 30 de noviembre. Debe pagarse en los primeros diez días de diciembre, dice el Código del Trabajo.
• Panamá: No es una obligación para las compañías y tampoco se considera parte del salario. En caso de ser otorgado, el Código del Trabajo establece que el pago del décimo tercer mes es igual de válido para los trabajadores de la administración pública como para quienes trabajan en el sector privado. Para su cálculo, se debe proceder a la sumatoria de todos los salarios y beneficios, además de las horas extras. Ese resultado luego se divide por 12. Se suele dar antes del 24 de diciembre.
• Paraguay: Cada trabajador debe recibir el aguinaldo antes de fin de año, como un pago adicional. Para el cálculo, se incluye el salario, horas extraordinarias y comisiones. Este pago es inembargable y debe ser abonado antes del 31 de diciembre.
• Perú: El aguinaldo es la denominación que se utiliza para referirse al beneficio económico que se otorga a todos los trabajadores del sector público en Perú. Este beneficio se da en diciembre y su monto puede variar según la entidad pública a la que pertenezca el trabajador. Al igual que la gratificación, el aguinaldo también está sujeto a normativas y regulaciones específicas. En la empresa privada, los empleadores deben pagar esta gratificación antes del 20 de diciembre. La gratificación equivale a un sueldo completo y se otorga para ayudar a los trabajadores con los gastos adicionales durante la temporada navideña.
• República Dominicana: Todo empleador está obligado a pagar al trabajador, a más tardar el día 20 de diciembre de cada año, el salario de Navidad, consistente en la duodécima parte del salario devengado por el trabajador en el año calendario. Para el pago de este salario se toma en cuenta solo el salario ordinario, excluyendo las propinas, horas extras, bonificación. Está exento del pago de impuesto sobre la renta.
• Uruguay: El aguinaldo es un pago obligatorio para los empleadores, establecido por la Ley 12.840. Se abona en dos partes: la primera (1 de diciembre a 31 de mayo) en junio, y la segunda (1 de junio a 30 de noviembre) en diciembre. La primera cuota debe pagarse antes del 30 de junio y la segunda antes del 20 de diciembre. El cálculo del aguinaldo es la doceava parte de las remuneraciones del periodo, considerando solo conceptos remuneratorios, otorgados por el empleador y en efectivo.
• Venezuela: Es un bono anual que se entrega a los trabajadores del sector público y a los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Este aguinaldo se paga en tres partes durante el último trimestre del año, generalmente en octubre, noviembre y diciembre.