Impuestos reintegró más de Bs 29 millones por el Re-IVA en cuentas de beneficiarios por noviembre y diciembre de 2024


El reintegro del Re-IVA por los periodos enero y febrero de 2025 se efectuará a partir de marzo de este año, cumpliendo con los plazos dispuestos en la normativa vigente, así como con el procedimiento correspondiente para el cruce de información de las facturas electrónicas.

Impuestos reintegró más de Bs 29 millones por el Re-IVA en cuentas de beneficiarios por noviembre y diciembre de 2024

Fuente: ABI / La Paz

 

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) informó que reintegró más de Bs 29 millones a los beneficiarios del Régimen de Reintegro en Efectivo del Impuesto al Valor Agregado (Re-IVA) por los periodos noviembre y diciembre de 2024, después que su sistema informático detectó irregularidades en facturas electrónicas emitidas sin que se hubiese realizado la venta del bien o servicio, es decir, que no se habría concretado la transmisión de dominio del bien o la prestación del servicio.



Según el reporte de la administración tributaria, tras la identificación de beneficiarios observados para la etapa de reintegro del Re-IVA, el número de beneficiarios en el periodo noviembre de 2024 es de 130.366 y el importe pagado es de Bs 13,6 millones; y en diciembre del mismo año, 134.633 beneficiarios y el importe abonado, Bs15,5 millones.

El gerente nacional de Recaudación y Empadronamiento del SIN, Nielsen Velasco, explicó que la administración tributaria “continúa con la detección de facturas irregulares, motivo por el cual tampoco se procedió al reintegro del 5% del IVA a todos los beneficiarios, pero con esta investigación se evitó una defraudación al Estado”.

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La administración tributaria también informó en reiteradas oportunidades que estableció las causas por las cuales un beneficiario no habría recibido el reintegro del 5% del IVA en su cuenta bancaria.

Entre estas causas están: la cuenta bancaria del beneficiario no es válida, el banco no está habilitado para realizar esta operación, cuenta bancaria inactiva, cuenta bancaria bloqueada, cuenta cerrada, no hay correspondencia entre la cuenta bancaria y el titular, cuenta bancaria inexistente, error de complemento en la Cédula de Identidad, entre otros.

El reintegro del Re-IVA por los periodos enero y febrero de 2025 se efectuará a partir de marzo de este año, cumpliendo con los plazos dispuestos en la normativa vigente, así como con el procedimiento correspondiente para el cruce de información de las facturas electrónicas.

Recordó que la administración tributaria informa periódicamente acerca del monto reintegrado y el número de beneficiarios del Re-IVA para mantener a la población informada sobre el cumplimiento de este reintegro. Además, las personas interesadas en estos datos pueden consultar la página web www.impuestos.gob.bo y las cuentas oficiales de Impuestos Nacionales en Facebook, Instagram y X.

Las personas naturales, con un ingreso promedio mensual igual o menor que Bs 9.000, que aún no se registraron en el Re-IVA, pueden ingresar en la página web www.impuestos.gob.bo, SIAT en Línea, opción “Registro de Beneficiarios Re-IVA”, llenado del Formulario 203 con datos personales.

En el momento de su registro, el beneficiario puede optar por la modalidad de cómputo automático (el SIN identifica y cuantifica las facturas emitidas a nombre y número de la Cédula de Identidad del beneficiario), o la modalidad manual (el beneficiario debe registrar y enviar al SIN el detalle de sus facturas mediante el Formulario 111).


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