Un informe del IERAL de la Fundación Mediterránea evaluó las disposiciones del Gobierno, unos días antes de que se conozca un nuevo decreto presidencial que busca fusionar o eliminar organismos estatales
El presidente Milei y el ministro Sturzenegger frente a un pizarra en la que están los recortes que se hicieron y se harán en la estructura estatal
Fuente: infobae.com
El gobierno de Javier Milei publicó este viernes otros tres decretos en el Boletín Oficial y acumula 65 en poco más de un mes. El lunes o el martes, si continúa con este ritmo, se dará a conocer el 70/2025 que anunció el Presidente en uno de los últimos reportajes que concedió y que promete avanzar con los cambios en la estructura del Estado Nacional. Será a través de la fusión o de la eliminación de varios organismos y de leyes que, según el trabajo que encabezó el ministro Federico Sturzenegger, permitirán un ahorro y una mayor eficiencia en su funcionamiento.
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Será un proceso semejante al que se dio con una de las primeras decisiones que tomó Milei cuando llegó a la Casa Rosada. El mega decreto 70/2023, que se conoció el 20 de diciembre de 2023, también apuntó a la desburocratización estatal con una serie de medidas que en el primer año de gestión le permitió la desregulación en varios sectores económicos.
Actualmente, existen 40 organismos desconcentrados, entre agencias, comisiones e incluso las Fuerzas Armadas y de Seguridad; otros 71 descentralizados, como institutos y administraciones, y 63 entes del sector público nacional, entre los que están empresas como Aerolíneas Argentinas, AySA, Acumar, el Banco Nación y el Correo que el Gobierno entiende que, en muchos casos, cumplen funciones superpuestas o vinculadas entre sí.
Federico Sturzenegger junto a la Ley Bases que presentó el Gobierno en 2024 (REUTERS)
“Argentina tiene 27.000 leyes vigentes, 70.000 decretos y 200.000 resoluciones, circulares y demás. Entonces, ¿qué es lo que vamos a hacer? Vamos a aplicar, así como el método de Elon Musk, le vamos a pedir a cada dependencia que haga una suerte de digesto de las cosas que está usando. ¿Y qué vamos a hacer? Una vez que tenés lo que se está usando, todo lo demás lo eliminás”, anticipó Milei y en ese sentido irá el nuevo decreto, profundizando su método “motosierra” para equilibrar las cuentas públicas.
Recientemente, el Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana (IERAL), de la Fundación Mediterránea realizó una evaluación de los efectos del decreto 70 del 2023, que abarcan desde los referidos al comercio hasta la liberación de precios y de importaciones, y de la desregulación del tráfico aéreo a los cambios en la relación entre las empresas y los usuarios de medicina prepaga.
Estos son algunos ejemplos:
● La eliminación de restricciones al comercio. La Secretaría de Comercio, con la Resolución 51/2024 derogó 69 normas (entre las que se encuentra la de abastecimiento, la de góndolas, el observatorio de precios, entre otras) que obstaculizaban las relaciones comerciales entre ciudadanos y asignaban al Estado un rol intervencionista que había agravado los problemas de abastecimiento y falta de transparencia de los precios.
● Empresas públicas sin privilegios. Por el Decreto 747/2024 se eliminaron los privilegios de las empresas públicas a la hora de contratar servicios y bienes por parte del Estado Nacional, promoviendo el uso de métodos competitivos y transparentes.
Mediante el DNU 70 se modificaron varios aspectos del Código Aduanero argentino
● Código aduanero. Por el Decreto 70/2023 se “prohíbe prohibir” el comercio internacional. En el Código Aduanero original, el gobierno se otorgaba a sí mismo las facultades de prohibir tanto las importaciones como las exportaciones. El DNU eliminó esta facultad. Además, se permitió que tanto las personas físicas y jurídicas puedan realizar operaciones de comercio exterior (Art 99 a 103), se elimina el registro de exportadores e importadores (Art 105 a 110); se establece como principio a los agentes de servicio aduanero la continuidad de las operaciones. Para interrumpir una operatoria se necesitan elementos de convicción de delito o infracción (Art 111); se establece la digitalización de las operatorias de comercio exterior y habilita la validez de la firma electrónica (Art 112), se autoriza la declaración anticipada para agilizar los procesos (Art 116 a 119, 125 a 127 y 131): se habilita el pedido de resolución anticipada con carácter vinculante (Art 120 y 132)
● Comercio internacional. Las mercaderías con procesos antidumping pasaron al canal de selectividad general (Resolución 112/2024 y Resolución 154/2024); se eliminaron el trámite de DJCP (Declaración Jurada de Composición de Producto), una barrera paraarancelaria vinculada al rubro textil y calzado (Resolución 49/2024), el control de Capacidad Económica Financiera (CEF) para la oficialización de SEDIs (Resolución Conjunta 5478 de la AFIP y la Secretaría de Comercio), las licencias automáticas y no automáticas al igual que las SIRAs mediante la implantación del Sistema SEDI (Resolución 1/2023), los valores de referencia para las exportaciones (Decreto 939/24) y se derogaron las circulares 701/99 y 799/2000, que obligaban a tener un veedor privado para liberar un contenedor en canal rojo (Resolución 5586/24).
● Servicios de correo. Por la resolución general 5608/2024 se elevó a 3000 dólares el monto para importación de mercaderías por medio de Prestadores de Servicios Postales (PSP) y courier. No se abonarán aranceles por los primeros 400 dólares por envío, siempre que se trate de un bien adquirido para uso personal.
El Gobierno habilitó a que pueda ser mayor el número de autopartes que puedan ser comercializadas provenientes de 160 desarmaderos que hay en el país
● Autopartes. Por la Resolución 188/2024 se amplió de 30 a 142 el número de autopartes que pueden ser recuperadas y reutilizadas provenientes de vehículos dados de baja en los 160 desarmaderos registrados en el país.
● Mercado laboral. Por Ley 27742 se permite a las distintas industrias construir su “propio sistema de indemnización”. La Ley 27742 también deroga las multas previstas en los artículos 8 a 17 y 120, inciso a), de la Ley Nacional de Empleo, vinculadas con la falta de registración, o registración deficiente.
También se creó un régimen especial unificado, habilitando que los trabajadores independientes puedan contratar hasta 3 trabajadores independientes.
● Transporte aerocomercial. Se impulsaron cambios del Código Aeronáutico: eliminación de la necesidad de convocar a audiencia públicas para el ingreso de nuevas empresas, limitación de la potestad del Estado en la fiscalización de los prestadores de servicios, el ingreso de aeronaves extranjeras y la inscripción de aeronaves nuevas, la Modernización del Registro Nacional de Aeronaves, autorización a cualquier empresa, argentina o extranjera, para transportar pasajeros o carga en vuelos internos, siempre que cumplan con los requisitos técnicos y de seguridad, autorización al Poder Ejecutivo para utilizar aviones con matrícula extranjera, la modernización de los documentos de viaje, con formato digital y electrónico (Arts 113, 116 y 120) y se mantuvo la posibilidad de subvencionar destinos de interés general para la Nación, con mecanismos del lado de la demanda.
Además, por el Decreto 599/2024 se facilitó el ingreso de nuevos operadores a todas las ciudades argentinas para el transporte de pasajeros, incluidos aviones de bajo porte. Se firmaron convenios de cielos abiertos con 9 países.
También hubo cambios en la regulación de la política aerocomercial (REUTERS)
● Autodespacho. Por la Resolución 326/24 Se eliminaron y simplificaron los requisitos para la habilitación de más operadores aerocomerciales, lo que implica la pérdida de monopolio por parte de Intercargo.
● Transporte de carga y de pasajeros. Por el Decreto 1109/24 se eliminó el Registro Único de Transporte Automotor, una certificación “adicional” que debían cumplir los transportistas de carga aun cuando tuvieran los vehículos en orden con sus revisiones técnicas al día, los seguros correspondientes y cumplieran con la normativa del código de tránsito. A su vez, por el Decreto 883/23 se implementó la desregulación del transporte interjurisdiccional de pasajeros.
● Obras sociales y prepagas. El DNU 70/2023 devolvió la libertad a los trabajadores sobre el destino del 9% de su salario que se aporta al sistema de salud. El DNU habilita a los trabajadores a poder elegir libremente su obra social o prepaga para derivar sus aportes sin la obligación de usar un intermediario. Los medicamentos de venta libre puedan ser exhibidos y comprados directamente desde las góndolas de las farmacias. Las recetas obligatoriamente deben consignar el genérico, promoviendo la competencia en el sector.
● Competencia de Internet y TV satelital. El DNU 70/2023 habilitó la competencia de Internet y TV satelital, permitiendo que zonas rurales o aisladas puedan acceder a estos servicios de internet. A partir de este cambio, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) autorizó a prestar servicios a OneWEB, Starlink y Amazon Kuiper.
● Alquileres. Derogación de la ley de alquileres por el DNU 70/2023. Los cambios dieron plena libertad para contratar, con el resultado de un aumento vertical de la oferta de propiedades en alquiler.
● Desregulación en el sector hidrocarburos. Por Ley 27742 se libera la comercialización e instalación de gasoductos. También libera el comercio internacional de hidrocarburos. Se elimina la autorización estatal para los trabajos de prospección. Se establece el concepto de open-access para la capacidad excedente de oleoductos y gasoductos. Todas las actividades de almacenamiento subterráneo por fuera de yacimientos pasar a ser libres y no requerirán autorización estatal (más allá de las evaluaciones ambientales). El esquema de licitaciones también se modifica. En vez de licitar por “trabajos” se licita por “mayor regalía”. De esta manera, en los prospectos más atractivos la regalía subirá y bajará en los marginales. La regalía fija desalentaba la inversión en las áreas menos atractivas. También se estableció que, a partir de ahora, todas las nuevas adjudicaciones no podrán renovarse a su vencimiento sin una nueva licitación.