Asosur: surtidores que vendan combustible importado por privados, no podrán comercializar el subvencionado


Susy Dorado, gerente general de Asosur pide derogar artículo 7 que suspende el contrato con YPFB a todos los surtidores que comercialicen el producto importado y propone que sea el usuario quien decida cuál quiere comprar.

Naira Menacho



Fuente: Red Uno/Que no me pierda

Ante la crisis por falta de combustible en el país, la gerente general de Asosur, Susy Dorado, explicó en QNMP que se debería derogar el artículo 7 de la resolución 54, emitida el 19 de noviembre de 2024, para permitir que los surtidores puedan comercializar ambos productos (el subvencionado y el importado a precios internacionales) y que, sea el usuario final el que decida cuál quiere comprar.

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“Nosotros como estaciones de servicio no podemos comercializar el producto importado (…) estamos atados porque el decreto que determina la libre importación y comercialización, ha sido reglamentado por una resolución administrativa de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). La resolución 54 establece que una estación de servicio que comercialice el producto importado, inmediatamente se le suspenderá el contrato con YPFB y no podrá comercializar el producto subvencionado”, explicó Dorado.

Según la gerente general de Asosur, la mayor demanda de diésel se registra en la época de zafra y la de siembra, que serían unos 3 meses aproximadamente, dejando a la estación de servicio sin producto para comercializar el resto del año.

“Pedimos que se derogue este artículo 7 de esta resolución, para que las estaciones puedan ofertar estos dos productos y que sea el usuario final el que defina cuál quiere comprar, es decir, si quiere comprar el producto subvencionado que haga la fila de tres días o en todo caso comprar el producto importado a precio internacional”, manifestó la representante de Asosur Santa Cruz.


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